La adopción de estas normas ha implicado un juicioso ejercicio de todos los participantes, para su adecuada aplicación en los estados financieros de cada compañía.
No obstante, a pesar de que el Decreto 2784 -que reglamentó la Ley 1314 en lo relativo al sector financiero- fue expedido en diciembre de 2012, a la fecha, estando a menos de seis meses de su entrada en vigencia, no podrá ser aplicado de manera integral, como lo sostiene la Asobancaria.

Tal es el caso, por ejemplo, del Decreto 1851 de 2013 que introdujo una excepción para el manejo que se le dará a la cartera de los establecimientos de crédito. Una situación similar se presenta para los portafolios de inversiones, teniendo en cuenta que la NIIF 9, en la versión introducida al marco legal colombiano (Decreto 2784 de 2012), no incluye la categoría de inversiones disponibles para la venta, utilizada hoy en Colombia para efectos contables.

De otra parte, es claro que pese a la independencia y autonomía de las normas tributarias, frente a las establecidas en la Ley 1314 de 2009, para la autoridad fiscalizadora surgen situaciones que ameritan especial atención.

Por ello la DIAN ha venido trabajando en un proyecto de decreto que busca preservar las normas contables actuales, así como las remisiones que de estas realizan las normas tributarias, de forma que permanezcan inalteradas las bases fiscales sobre las cuales se fundamenta la tributación.

Ello con el propósito de trabajar durante los próximos cuatro años en la medición del impacto fiscal derivado de la adopción de las NIIF.

Esta medición, que estará realizando el Gobierno en el mediano plazo, deberá incorporar como referencia el valor probatorio que tendrá la contabilidad como soporte de las declaraciones tributarias, aspecto álgido a ser definido.

En México para estos efectos se introdujo la figura del auditor fiscal. También se podrían modificar las responsabilidades del revisor fiscal.

Tomado de: https://www.elnuevosiglo.com.co/articulos/9-2014-la-importancia-de-las-normas-financieras.html