La Dian entregó a la Zona de Régimen Aduanero de Especial de Maicao, Uribia y Manaure un cupo de importación por seis meses, para las bebidas alcohólicas clasificadas en la partida 2208 del arancel de aduanas. Esta partida incluye líquidos alcohólicos y vinagre; alcohol etílico sin desnaturalizar con grado alcohólico volumétrico inferior al 80 por ciento; aguardientes, licores y demás bebidas espirituosas.

El cupo asignado por la Dian equivale a 366.635 litros, y será distribuido entre las asociaciones que agrupen los comerciantes e importadores de la zona aduanera citada.

La Dian explicó que la distribución de este cupo corresponderá al mecanismo de ‘primer llegado / primer servido’, es decir, en orden cronológico de presentación y aceptación de la declaración de importación.

Para poder acceder a este tratamiento se debe acreditar personería jurídica, inscripción en el Registro Único Tributario (RUT), acreditar la condición de contribuyente-declarante del impuesto sobre la renta; de responsable del Régimen Común del Impuesto sobre las Ventas y de Usuario Aduanero Importador. También será requisito tener por lo menos un establecimiento de comercio abierto al público en la zona.

Tomado de: https://www.portafolio.co/economia/dian-define-cupo-importacion-alcohol-la-guajira