Evidente yerro contiene la página de la UGPP al anunciar el PAEF como un incentivo limitado a las micro y pequeñas empresas. Así se anuncia en su portal señalando que uno de los requisitos para acceder al nuevo PAEF es tener máximo 50 empleados al corte de marzo de 20211 , de lo cual deriva que este beneficio aplica solamente para aquellos empleadores que tengan la condición de micro y pequeños empleadores.

La Ley 2155 extendió el programa de apoyo al empleo formal (PAEF) únicamente para aquellos potenciales beneficiarios que para el periodo de cotización de marzo de 2021 hubiesen tenido un máximo de cincuenta (50) empleados, ampliando el beneficio desde mayo de 2021 hasta diciembre de 2021. Aclara la ley que si al momento de la postulación el empleador cuenta con más de 50 empleados, no pierde el derecho al subsidio, pero en tal caso el mismo quedará limitado a 50 empleados solamente.

Pues bien, efectivamente la ley ha limitado el beneficio en función del número de empleados a marzo de 2021, pero ese hecho no significa que el beneficio haya quedado circunscrito a los micro y pequeños empleadores. Cuanto dispone la ley es que únicamente pueden postularse para recibir el PAEF extendido, aquellos empleadores que tengan máximo 50 empleados a marzo de 2021, sin que en tal sentido se haya eliminado el beneficio para las medianas y grandes empresas. Actualmente, según lo dispone el Decreto 1074 de 2015, con la modificación que introdujo el Decreto 957 de 2019, el tamaño empresarial se mide solamente con base en los ingresos anuales y no por el número de empleados. Cierto es que en el pasado (hablamos de la Ley 590 de 2000 y de la Ley 905 de 2004) la calificación del tamaño empresarial dependía de los activos y del número de empleados. Eso fue hasta el año 2019 cuando se redefinió el tamaño empresarial y se determin ó como factor determinante y único el valor de los ingresos, no siendo relevante ni los activos, ni el número de empleados.

Acorde con la reglamentación vigente, en el sector manufacturero, por ejemplo, una empresa se considera grande si sus ingresos anuales exceden de 1.736.565 UVT. Sin embargo, si esta gran empresa únicamente tiene 48 empleados al corte de marzo de 2021, tiene todo el derecho a postularse como beneficiario del PAEF extendido. De hecho, una pequeña empresa, de servicios, por ejemplo, es aquella cuyos ingresos no excedan de 483.084 UVT; sin embargo, si esa pequeña empresa cuenta con más de 50 empleados, no tiene derecho a postularse al programa señalado. Así, el tamaño empresarial no depende del número de

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1 https://www.paef.ugpp.gov.co/ver20/deskFrontPAEF.php

empleados, sino del monto de sus ingresos, de manera que cualquier empresa, de cualquier tamaño, tiene acceso al PAEF.

Significa lo anterior que el derecho a recibir el PAEF extendido aplica no por el tamaño de la empresa, sino por el número de empleados vinculados a marzo de 2021, manteniendo ese derecho inclusive si al momento de postularse cuenta con un número superior a ese, evento en el cual el subsidio se lo aprueban únicamente para 50 empleados. Se hace así evidente el error dentro de la página de la UGPP y, de paso, el error de los bancos que están brindando una información inexacta similar a la del ente oficial, impidiendo ejercer un derecho que el legítimo para cualquier empleador con hasta 50 trabajadores. ¿Aló?

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