El ministro encargado, José Noé Ríos informó que las empresas sancionadas son la Cooperativa de Motoristas del Huila y Caquetá Ltda.- COOMOTOR y la de trabajo asociado PREINTERMOTOR C.T.A, con una multa de 3.001 salarios mínimos legales mensuales, equivalente a 1.700 millones 666 mil pesos para cada una de ellas.

Ríos manifestó que “las dos cooperativas prestadoras de transporte intermunicipal de pasajeros con sede en Neiva, ya fueron notificadas por la Cartera del Trabajo por incurrir en la prohibición de vincular trabajadores misionales con intermediación de una cooperativa de trabajo asociado, así lo señala la Ley 1429 de 2010 ó Ley de Formalización y Generación de Empleo.

Las entidades públicas y privadas no pueden vincular personal con labores misionales de la empresa a través de cooperativas de trabajo asociado”.

El texto de la parte resolutiva de la sanción 0205 de junio 12 de 2014 conmina al empleador al cumplimiento correcto y eficaz de la normatividad laboral vigente que garantice los derechos de los trabajadores. Es preciso resaltar que se deben vincular los trabajadores mediante contrato laboral con vocación de permanencia y garantizando el libre derecho de asociación y de libertad sindical.

Tomado de: https://www.radiosantafe.com/2014/06/27/imponen-multas-por-3-400-millones-a-dos-empresas-del-huila-por-violar-normas-laborales/