En la noche de este martes varias personas se acercaron a cenar al Hard Rock, pero se encontraron con la sorpresa de que el establecimiento estaba cerrado. Lo que más curiosidad causó fue que la entrada está tapada con un valla del centro comercial, con el fin de ocultar el aviso de la Dian que dice claramente: “sellado por evasión”. La causa es una irregularidad en la facturación.

Dinero.com se comunicó con la Dian pero no ha obtenido una respuesta de la Directora de Fiscalización. 

Dinero.com se trató de hablar con directivas de Hard Rock Café Bogotá para conocer su opinión sobre el tema. Únicamente hicieron referencia a través de un comunicado, ningún directivo estuvo disponible para dar declaraciones. Ellos argumentan que el sello de “cerrado por evasión”, no correspondiente a la realidad. Sin embargo a Dian siempre ha usado esos emblemas para sus operativos de fiscalización.

La franquicia internacional repudió las acciones ilegales en cualquiera de sus formas y abogan para que la Dian aclare lo sucedido, ya que según ellos no es lo mismo afirmar que un establecimiento comercial está evadiendo impuestos a explicar de manera objetiva y detallada la situación que se presentó con una factura que no tenía lo datos completos del restaurante pero si de los impuestos de la misma.

“Relacionar un restaurante con el prestigio de Hard Rock Café, tanto en el mundo como en Colombia, afecta sensiblemente nuestra imagen, la cual hemos construido con esfuerzo, mediante nuestro servicio, programas de beneficiencia social y demás actividades de sano esparcimiento familiar”, precisa la entidad.

Uno de los hechos más graves en este incidente es que la administración del centro comercial con todas la intenciones de ocultar el letrero de sellamiento de la Dian, ubicó en la puerta del establecimiento una valla con el fin de aminorar la sanción moral, tal y como se observa en las imágenes.

La Dian viene haciendo varias revisiones minuciosas a varias cadenas de restaurantes por las irregularidades en si facturación a la hora de cobrar la propina, por esta razón cerraron temporalmente varias sucursales de Hamburguesas El Corral, y otros 27 establecimientos.

Esta es la foto que confirma el sellamiento por evasión.

 

Explicación de la cadena:

La versión de la cadena de restaurantes es que el pasado 23 de Septiembre de 2011, dos funcionarios debidamente designados por el Jefe de la División de Gestión de Fiscalización para Personas Jurídicas y Asimiladas de la Dirección Seccional de Impuestos de Bogotá, mediante Auto Comisorio N° 5043 del 19 de Septiembre de 2011, realizaron la visita al establecimiento de comercio donde queda ubicado HRC DE COLOMBIA S.A., con el fin de verificar las transacciones realizadas con factura dentro del marco del Programa de Verificación y Control de Obligaciones Formales, año gravable 2010.

En dicha visita se solicitaron fotocopias de unas facturas de venta emitidas en las diferentes ciudades, y se constató que la factura de venta emitida por talonario papel, número 1969 del 15 de diciembre de 2010, no cumple con el requisito establecido en el literal (c) del artículo 617 del Estatuto Tributario, en lo que tiene que ver únicamente con el apellido, nombre y razón social y NIT del adquirente (el IVA se encuentra discriminado en la factura). Vale mencionar que HRC DE COLOMBIA S.A. está autorizado para facturar tanto en Papel, como a través del sistema POS (medio electrónico), siendo éste último mecanismo el que utiliza para la mayoría de los servicios que presta a sus usuarios, y en el cual la DIAN no encontró ningún tipo de vicio.

El 6 de Diciembre de 2011, la apoderada especial del restaurante presentó la respuesta al Pliego de Cargos, solicitando a la Dian que revocara dicha sanción propuesta, pues se consideró que ésta obedecía a un carácter desproporcionado, pudiéndose encontrar dentro del régimen de responsabilidad objetiva proscrito en materia sancionatoria; además porque la Dian nunca demostró en su escrito que el hecho objeto de sanción hubiera ocasionado un perjuicio grave a la Administración de Impuestos, tal y como lo exigen las normas tributarias.

El 22 de Mayo de 2012 la División de Gestión de Liquidación de la Dirección Seccional de Impuestos de Bogotá, profirió la Resolución Sanción N° 322412012000038, por medio de la cual se impone la sanción de clausura por el término de tres días del establecimiento ubicado en la CL 81 N° 13-05 LC 11 de la ciudad de Bogotá, perteneciente a HRC DE COLOMBIA S.A., junto con la imposición del sello CERRADO POR EVASIÓN.

En este acto administrativo lo único que hizo la Administración Tributaria, fue un ejercicio meramente técnico, sin detenerse a realizar una constatación real de si hubo una conducta considerada como evasiva o fraudulenta por parte del contribuyente, así como tampoco demostró que las facturas emitidas en papel por parte de HRC DE COLOMBIA S.A. hubieran devenido en un perjuicio grave a los recursos del fisco, tal y como lo exige el artículo 657 literal a) del Estatuto Tributario, lo cual ameritara la imposición de una sanción que ha sido calificada por el Consejo de Estado como una de las más graves del ordenamiento tributario colombiano.

Dentro del término legal, la Apoderada Especial de HRC DE COLOMBIA S.A., presentó el Recurso de Reposición frente a la resolución sanción anteriormente mencionada, solicitándole a la División de Gestión de Liquidación de la Dirección Seccional de Impuestos de Bogotá, que revocara dicha sanción por considerar que la omisión de uno de los requisitos formales en algunas facturas del HRC DE COLOMBIA S.A., no haocasionado un perjuicio grave a la Administración de Impuestos; de igual forma poniendo de presente con soportes jurisprudenciales y doctrina de la DIAN, que la sanción de cierre del establecimiento de comercio junto con el sello de cerrado por evasión, no debe operar de manera automática,ya que se debe analizar en cada caso particular la conducta del contribuyente, probándose la existencia de motivos de fondo suficientes, que ameriten la imposición de dicha sanción.

Tomado de: dinero.com