Se establecerá la opción de horario de trabajo para funcionarios del sector Distrital con hijos menores de catorce (14) años. Los empleados del sector Distrital podrán optar por el siguiente horario de trabajo: De lunes a viernes de 6 a. m. a 2 p. m., sin descanso para almuerzo. Corresponde al jefe inmediato, aprobar la programación de las modalidades de horario, quien deberá informar a la dependencia competente de cada entidad, dentro de los quince (15) primeros días hábiles de cada año, anexando el registro civil de nacimiento de los hijos menores de los funcionarios.

Los jefes de cada dependencia, deberán informar con cinco (5) días de anticipación cualquier novedad que se presente en la modificación de las modalidades de trabajo concertadas con los funcionarios.
 

Según la exposición de motivos, la familia tradicional colombiana se caracterizaba por ser la unión en sagrado matrimonio de dos adultos por el resto de sus vidas y de la cual provenían los hijos. El padre trabajaba fuera del hogar en procura del sustento y la madre permanecía en el mismo, donde realizaba las labores de cuidado, educación, recreación y socialización de los niños.
 

Por los cambios de paradigmas en el tercer milenio, la mayoría de parejas jóvenes, actualmente, cuando toman la decisión de unirse y conformar una familia, buscan simplemente estabilizarse económicamente para satisfacer las necesidades básicas de sus hijos. Sin embargo, esto no es suficiente para el total desarrollo de los pequeños, toda vez que, las labores rutinarias de los padres impiden una relación cercana.

Tomado de: Larepublica.com.co