La determinación del alto tribunal se tomó luego de declarar exequible el proyecto de Ley Estatutario, que contempla ampliar los derechos y beneficios para la población con discapacidad.

La Corporación advierte que en el único caso en donde las empresas que contraten con discapacitados, reciban incentivos tributarios, será cuando estos sean avalados por el Congreso de la República.
 

Los beneficios que gozaban algunas empresas por contratar con la mencionada población estaban contemplados en un aparte del estatuto tributario, el cual fue declarado inconstitucional.

Para el Alto tribunal, el ministerio de Hacienda no tiene facultades para entregar los descuentos tributarios a las empresas, recalcando que solo es competencia del Congreso.

Tomado de: Larepublica.com.co