El Senado de la República aprobó un proyecto de ley que regula las licencias de luto de los empleados del Estado.

Los senadores aprobaron la iniciativa que establece una licencia por luto para los servidores públicos más amplía.

El permiso que se definió para esos empleados en caso de fallecimiento de su cónyuge, compañero o compañera permanente o de un familiar hasta el grado segundo de consanguinidad, primero de afinidad y segundo civil, una licencia remunerada por luto de cinco (5) días hábiles.

La ley establecía solo tres días de licencia cuando fallecía un familiar en dicho grados.

Al proyecto le resta la sanción presidencial para que entre en vigencia y sea avalado este beneficio para los servidores públicos.

Tomado de: elespectador.com