El decreto que el presidente Juan Manuel Santos sancionó este jueves, reglamenta los procedimientos que corresponden a la naturaleza de la negociación colectiva y genera soluciones efectivas a las controversias con las organizaciones sindicales de los empleados públicos, con la finalidad de garantizar la igualdad de todos los trabajadores y funcionarios en el ejercicio de sus derechos tanto a nivel nacional como territorial.El decreto, que cobija a los empleados públicos de todas las entidades y organismos del sector público, permite desde hoy que los empleados públicos, a través de sus representantes, participen en la determinación de sus condiciones de empleo y de esa manera hacer efectivo el derecho a la negociación colectiva en el sector estatal.

Entidades públicas como gobernaciones, alcaldías, entidades de control, entidades administrativas, entre otras, también podrán negociar de manera conjunta por ciudad. “Por ejemplo, en una ciudad como Cali podría hacerse de manera unificada si así se prefiere”, aseguró el viceministro de Relacionales Laborales, David Luna.

Adicionalmente, este decreto permite que las negociaciones entre las entidades oficiales y los servidores públicos puedan contar con una segunda instancia en caso de no ponerse de acuerdo. “Este recurso será encabezado por un mediador elegido de una lista construida por el Ministerio del Trabajo y que en un término no mayor a 10 días podrá proponer fórmulas de arreglo para que puedan llegar a feliz término en su negociación”, agregó Luna.

Esta decisión del Gobierno Nacional promueve el libre derecho de la asociación sindical y la igualdad de derechos de los trabajadores, un propósito de Gobierno y un compromiso de Colombia ante la OIT.

Al expedir este decreto, el Gobierno Nacional tuvo en cuenta algunas sentencias de la Corte Constitucional, entre ellas la 1234 de 2005, en las que el alto tribunal dice que no puede existir una negociación plena para los empleados públicos. Por eso los asuntos que excedan el campo laboral, como por ejemplo la estructura organizacional, las plantas de personal, los procedimientos administrativos, la carrera administrativa, el régimen disciplinario y aspectos prestacionales, no pueden ser objeto de negociación.

Pero es claro en que los trabajadores podrán negociar los asuntos salariales, un tema hasta ahora imposible de incluir en las convenciones colectivas de empleados públicos.

El decreto presidencial delega al Ministerio del Trabajo para que en coordinación con las centrales sindicales y dentro de los seis meses siguientes, ponga en marcha una programación pedagógica antes de comenzar a aplicar esta nueva reglamentación laboral, que sin duda repercutirá en mejores condiciones para los trabajadores del sector público.

De la aplicación de este decreto solo se excluye al personal uniformado de las fuerzas militares y de la Policía Nacional.