Fuente: https://russellbedford.com.co/documentos-para-deduccion-retencion-en-la-fuente-2024/

 

De acuerdo con la legislación laboral colombiana, los certificados que afectan las deducciones para el cálculo de Retención en la Fuente deben ser actualizados antes del 15 de abril del presente año.

A continuación se relacionan los documentos a actualizar, así:

  1. Certificado de pagos por concepto de intereses o corrección monetaria originados en préstamos para adquisición de vivienda (El valor de esta deducción no puede exceder 100 UVT $ 4.706.500 en el mes, para el año 2024). Cuando el certificado ha sido otorgado a ambos cónyuges, la deducción podrá ser solicitada en su totalidad en cabeza de uno de ellos, siempre y cuando manifieste en su solicitud que el otro cónyuge no lo ha solicitado. Se debe entregar el Certificado de la entidad bancaria del 2023.
  2. Certificado de pagos por concepto de intereses y/o verificación monetaria, o costos financieros originados en contratos de leasing habitacional. (El valor de esta deducción no puede exceder 100 UVT $ 4.706.500 en el mes, para el año 2024). Se debe entregar el Certificado de la entidad que otorga el Leasing Habitacional del 2023.
  3. Certificado de pagos por concepto de medicina prepagada del trabajador, su cónyuge y hasta dos hijos (El valor de esta deducción no puede exceder de 16 UVT $753.040 en el mes, para el año 2024). Se debe presentar el Certificado de la entidad prestadora de salud por los pagos efectuados en el 2023.
  4. Deducción por concepto de “Personas a Cargo” (10% de los ingresos brutos sin exceder de 32 UVT $1.506.080 para el año 2024): se consideran dependientes los hijos, el cónyuge o compañero permanente, o los padres y hermanos del contribuyente que se encuentren en situación de dependencia.

 

Aplica en los siguientes casos:

  • Hijos del colaborador con edad hasta los 18 años, se debe anexar copia del registro civil de nacimiento.
  • Hijos con edades de 18 a 23 años estudiando en instituciones de educación superior certificadas por la autoridad correspondiente. (debe anexar registro civil de nacimiento y certificado de la institución, o recibo de pago del semestre, año o trimestre actualmente cursado).
  • Hijos con edades mayores de 23 años que se encuentren en situación de dependencia originada por factores físicos o psicológicos. (debe anexar certificación médica, registro civil de nacimiento y fotocopia del documento de identidad).
  • El cónyuge o compañero permanente del contribuyente que se encuentren en situación de dependencia originada por factores físicos o psicológicos (debe anexar certificación médica, registro civil de matrimonio y/o declaración de unión marital de hecho, fotocopia del documento de identidad, certificación firmada por contador público y fotocopia de la Tarjeta Profesional).
  • El cónyuge o compañero permanente del contribuyente que se encuentre en situación de dependencia por ausencia de ingresos o ingresos en el año menores a 260 UVT (debe anexar registro civil de matrimonio y/o declaración de unión marital de hecho, fotocopia del documento de identidad, certificación firmada por contador público y fotocopia de la Tarjeta Profesional).
  • Los padres y/o hermanos del contribuyente que se encuentren en situación de dependencia por ausencia de ingresos o ingresos menores en el año a 260 UVT (debe anexar certificación firmada por contador público, fotocopia de la Tarjeta Profesional, fotocopia del documento del dependiente).
  • Los padres y hermanos del contribuyente que se encuentren en situación de dependencia originada por factores físicos o psicológicos (debe anexar certificación médica, certificación firmada por contador público y fotocopia de la Tarjeta Profesional, fotocopia del documento del dependiente).

Es importante actualizar la información anterior o presentarla a su empleador antes de la fecha indicada, para que su Retención en la Fuente por pagos laborales no se incremente o si llega a presentar algún pago adicional en algún mes no vaya a presentar retención en la fuente.

Recuerde que los topes de Retención en la Fuente por salarios empiezan a partir de ingresos mensuales superiores a las 95 UVT, que para el año 2024 corresponde ($4.471.175) COP.

Igualmente, es importante presentar los certificados, pues estos aportan el beneficio de reducir la base de Retención en la Fuente a aplicar en el período comprendido entre abril de 2024 hasta marzo de 2025.

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Diana Paola Prieto, Senior Nomina, Russell bedford, Bogotá, Medellín, Cali, Barranquilla, Cartagena.

Escrito por:

Diana Paola Prieto Rodríguez.

Senior de Nómina.

Russell Bedford Bogotá.