La principal pregunta que debe hacerse es si debe declarar o no este tributo, ya que según la ley, no es para todas las personas, sino aquellas que cumplan por lo menos uno de los siguientes requisitos: si usted es asalariado o independiente y sus ingresos totales de 2011 fueron superiores a 102.363.000 pesos, y 80 por ciento de ellos corresponden a su sueldo; si su patrimonio bruto es mayor a 113.094.000 pesos y si no es responsable del IVA.

Para las personas consideradas en el grupo de menores ingresos, los requisitos son: tener ingresos totales por encima de 35.185.000 pesos al año, un patrimonio bruto mayor a 113.094.000 pesos y no ser responsable del IVA.

Si usted cumple al menos una de estas condiciones deberá presentar la declaración de renta.

Ahora bien, la carga tributaria de una persona natural no solo se remite a la declaración de renta. El abogado de la Universidad Nacional y experto tributario, Orlando Corredor Alejo, explica que las personas en su diario vivir están pagando impuestos en las diferentes actividades.

“Una persona no puede excluirse de impuestos como el del 4 X 1000, ICA, IVA, seguridad social, renta, entre otros, de manera que siempre estará tributando”, dice el experto.

Si usted tiene dudas con algunos de sus ingresos y no sabe si son o no susceptibles a ser declarados, es recomendable que tenga en cuenta que existen ingresos no constituidos de renta estos son: los dividendos y participación accionarias, el componente inflacionario de los rendimientos financieros, los aportes a fondos de pensiones voluntarios, los retiros en fondos de pensiones para compra de vivienda.

En el tema de pensiones, los ingresos tienen un privilegio tributario de 30 por ciento. Es decir, que si usted recibe ingresos por 1.000 pesos, en principio paga impuesto sobre ese valor, pero si ahorra 300 pesos en un fondo voluntario, usted pagará impuestos sobre $700, porque el ahorro es exonerado de la base para cuantificar el impuesto de renta y la retefuente.

“Para que los beneficios tributarios sean efectivos es necesario que los aportes permanezcan en el Fondo de Pensiones Voluntarias mínimo cinco años o que sean utilizados en la adquisición de vivienda sea o no financiada”, asegura el vicepresidente comercial de Porvenir, Andrés Vásquez.

Un ejemplo práctico demuestra que si usted es una persona con unos ingresos brutos anuales de 84.000.000 pesos, que no ahorra en pensiones voluntarias, tendría que pagar 7.809.000 pesos en renta.

Pero una persona con este mismo ingreso bruto anual que hace un ahorro mensual de 1.855.000 pesos a un fondo de pensiones voluntarias, tendría que pagar en total 3.135.000 pesos en impuestos.

Es decir, que esta persona al hacer aportes al fondo de pensiones voluntarias se podría estar ahorrando en declaración de renta: 450.000 pesos y en retención en la fuente: 4.224.000 pesos.

Recuerde que para los entes de control y regulación es muy fácil detectar a quienes evaden impuestos, por el cruce de bases de datos, así que lo recomendable es que no evada sus pagos tributarios ya que la Dian mandará la notificación si es detectado. Alístese y no deje pasar la fecha para realizar su pago.

Tomado de: Elcolombiano.com