(Portafolio) Tenga en cuenta que en caso de no hacerlo puede ser sujeto de sanciones por extemporaneidad. Vea cómo puede evitar que sea peor. Aún está a tiempo.

Hace más de un mes venció el calendario tributario de este año. Para quienes declararon renta en los plazos establecidos, entre el 9 de agosto y el 19 de octubre, es posible que venga una Navidad tranquila. Sin embargo, si a usted se le pasaron estas fechas, tenía que declarar renta y no lo hizo, esté pendiente de los próximos pasos a seguir para que se evite un dolor de cabeza.

Hay que recordar que los obligados a declarar son los contribuyentes en calidad de personas naturales, empleados o independientes que, en 2016, tuvieran un patrimonio bruto mayor a $ 133.889.000, un ingreso bruto igual o superior a $ 41.654.000, compras de bienes como casas, vehículos u otros bienes por más de $ 83.308.000, consignaciones por más de$ 133.889.000 o quienes sean responsables del IVA en ventas superiores a $ 104.000.000. 

Cumplir una de estas condiciones era suficiente para tener que haber declarado. Si no lo hizo, lo más importante es tener en cuenta que el estatuto tributario establece una multa de 5 por ciento sobre el impuesto a pagar, que cuenta por cada mes o fracción de mes, explica Cecilia Rico, directora de gestión de Ingresos de la Dian.

Es decir que, si el plazo vencía el 19 de octubre, y declara esta semana, debe pagar la sanción correspondiente a un mes (hasta el 19 de noviembre) y una fracción de mes (lo corrido desde ese día hasta ahora).

Rico explica que el primer movimiento que hace la entidad frente a quienes no cumplieron su cita y estaban obligados a hacerlo es hacerles llegar una invitación por medios como el correo electrónico. “Si lo hacen, no tienen ninguna sanción, porque no es un emplazamiento, solamente tiene la sanción de extemporaneidad”, asegura.

En promedio, unos 40.000 contribuyentes no acuden a tiempo a declarar renta, según Rico, quien agrega que, en caso de no presentarse tras la primera invitación, el proceso pasa de la oficina de ingresos a la oficina de fiscalización. “Ya no es una carta de invitación, sino un emplazamiento para que declare”.

Si llega a ser emplazado, tendrá un mes para presentarse a declarar. Igual, tendrá que pagar la sanción por no declarar a tiempo de hasta el 20 por ciento de sus ingresos brutos, consignaciones bancarias o cualquier información que la Dian tenga a la mano para calcularle. En todo caso, el tope mínimo es de 319.000 pesos.

Recuerde que la sanción de extemporaneidad no implica solamente al impuesto sobre la renta, sino a todos los impuestos. Así mismo, si no declaró a tiempo, hágalo de forma voluntaria lo antes posible. No es seguro cuándo puede llegar el emplazamiento, y lo mejor es evitar que llegue.

Además porque, si llegase a faltar al mes siguiente a ese ultimátum, podría pasar a un proceso de liquidación de aforo, con lo que la Dian determinará el impuesto y demás obligaciones que usted deba pagar.

Como explica Rico, “lo más barato para quien no haya declarado es hacerlo lo más pronto posible”. En este momento, la entidad está contactando a esas cerca de 40.000 personas que no declararon su renta. Si usted es uno de estos, más vale que esté atento a sus medios de contacto, por si le llega alguna comunicación oficial de la entidad.

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