El recientemente creado Ministerio del Trabajo puso en conocimiento de todo el sector de los riesgos profesionales en Colombia, las modificaciones al Sistema en nuestro país y las nuevas disposiciones en materia de salud ocupacional.

Un revolcón en materia de reglamentación aumenta la cobertura y obliga a los trabajadores independientes a tener un sistema de seguridad laboral y de salud.

Como el Sistema de Seguridad social en Salud en el Trabajo fue rebautizado el concepto de Salud Ocupacional en Colombia, a través de la ley 1562 del 11 de julio de 2012, en un esfuerzo de Gobierno Nacional por reglamentar y modificar aspectos clave para proteger a los trabajadores colombianos en materia de salud y accidentalidad laboral, aumentando la cobertura la cual será de carácter obligatorio para empleados independientes y para estudiantes practicantes.

Según la nueva reglamentación, los primeros deberán hacer sus propios aportes en riesgos profesionales mientras que los segundos, deberán ser cobijados para este efecto por la empresa donde laboran.

Adicionalmente, lo que trabajen en niveles de riesgo 4 y 5 deberán ser cobijados por su empleador.

La 1562 de 2012, vincula la actividad sindical dentro del concepto de accidente laboral. Según el artículo 3 de la ley en mención, el accidente de trabajo se define también como: “También se considerará accidente de trabajo el ocurrido durante el ejercicio de la función sindical aunque el trabajador se encuentre en permiso sindical, siempre que el accidente de produzca en cumplimiento de dicha función”.

La ley determina dentro de las nuevas disposiciones que las liquidaciones por incapacidad o accidente laboral estarán sujetas al IPC del momento en que se pague dicho beneficio, y no al que se registraba en el momento del accidente del trabajador o en el momento en que se declaró su enfermedad laboral.

“Si a mí me definen una liquidación o una prestación por incapacidad y me la pagan al año siguiente, es te valor deberá estar sujeto a nuevo índice de precios al Consumidor actual, informó el Viceministro de Relaciones Laborales, David Luna, al explicar una de las modificaciones y beneficios de la nueva ley llevada al congreso por el Ministerio del Trabajo en un trabajo conjunto con el antiguo Ministerio de la Protección Social en un proceso que pasó los correspondientes sesiones en el Congreso de la República.

De otro lado, las Juntas Calificadoras de Riesgos, que anteriormente actuaban como entes autónomos, estarán ahora a cargo del Ministerio del Trabajo. En tal sentido, el Ministerio del Trabajo tendrá seis meses para reformar el sistema administrativo y financiero de la entidad.

Según el Viceministro de Relaciones laborales del Ministerio del Trabajo, David Luna, estas medidas aumentan la cobertura en beneficio de poblaciones anteriormente descubiertas en materia de seguridad ocupacional y riesgos profesionales, al tiempo que dispone mayor equidad y control a las Juntas Calificadoras de Riesgos Profesionales a partir de una nueva reglamentación que estaremos dando a conocer dentro de los próximos seis mese”.

El viceministro determinó las nuevas disposiciones como un revolcón en materia de riesgos profesionales a que ahora será denominado: “Sistema de Seguridad Social de Salud en el Trabajo”

Tomado de: mintrabajo.gov.co