factura_electronica

(DIAN) Bogotá D.C., 12 de enero de 2018. El pasado 29 de diciembre de 2017, la Dirección de Impuestos y Aduanas DIAN expidió la Resolución 072, por medio de la cual seleccionó a contribuyentes para que facturen de forma electrónica. Se trata de los contribuyentes que habían facturado electrónicamente haciendo uso de las condiciones establecidas con el Decreto 1929 de 2007, las cuales no tienen vigencia desde el 1 de enero de 2018.

Los primeros seleccionados por la DIAN para facturar electrónicamente deberán hacerlo en un plazo máximo de 6 meses, contado a partir de la publicación de la Resolución 72, es decir, desde el 29 de diciembre de 2017 hasta el 29 de junio de 2018.

Los facturadores seleccionados que hayan expedido más de 3.000.000 de facturas mensuales contarán con un plazo adicional de tres meses para iniciar a facturar electrónicamente, es decir, deberán iniciar máximo el 29 de septiembre de 2018.

Quienes venían facturando electrónicamente en las condiciones establecidas por el Decreto 1929 de 2007, podrán solicitar rangos de numeración para hacerlo por computador o por talonario, hasta tanto se habiliten e inicien a facturar electrónicamente como lo establece el Decreto 2242 de 2015.

CONTRIBUIR ES CONSTRUIR

Obtenido Por: DIAN