De acuerdo con el artículo 155 de la Ley 1151 de 2007, se crea la Administradora Colombiana de Pensiones – Colpensiones cuyo objetivo es la administración estatal del Régimen de Prima Media, buscando maximizar su rentabilidad social y así superar los problemas que se han venido presentando con las entidades que hoy día tienen a cargo dichas funciones.

De otra parte la nueva entidad pretende llevar a cabo una gestión integral de las prestaciones que recibe dentro de un marco de trabajo que le permita ser sostenible y eficiente.

Los usuarios se verán beneficiados gracias al servicio que propone ofrecer como también a la apuesta que hace mediante la optimización de sus recursos administrativos, técnicos y financieros, persiguiendo la competitividad en el mercado de la gestión pensional en el país.

 

¿Qué pasará con los beneficiarios y aportantes de las entidades que hoy día?

No se verán afectados en la manera como aportan o hacen el cobro de su pensión, ya que la entidad parte de un proceso de transición detallado, donde el valor de la información existente es alto, por lo tanto garantiza que su manejo sea óptimo y mejor aún, esté acorde con lo que una empresa renovada y actualizada tecnológicamente requiere.

No será necesario el traslado de afiliación por parte de los usuarios ya que el proceso se llevará a cabo automáticamente, evitándoles a ellos inconvenientes y dicho sea de paso, traumatismos en sus centros de atención. De esta forma podrán seguir llevando a cabo el cobro de su mesada en los sitios que habitualmente lo hacen y no requerirán tramitar documentación alguna.

Su red de oficinas estará provista de todo lo necesario para llevar a cabo la gestión integral de los trámites y diligencias que en el ejercicio normal se requieren.

 

¿En qué cambia el trámite de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes?

En el caso de las empresas que llevan a cabo la gestión de sus aportes mediante archivo plano, será necesario que configuren el software que utilizan con el propósito de generarlo, para que a partir de la fecha de entrada en vigencia de la nueva entidad, la posición 154 maneje el código 25-14 el cual fue el asignado a Colpensiones.

Tanto los independientes como también las empresas que gestionan su información de aportes por método web, no será necesaria ninguna intervención ya que en el caso de miplanilla.com, el cambio se llevará a cabo automáticamente, por lo cual sólo le resta a estos usuarios hacer el seguimiento respectivo que dicho cambio se vea reflejado.

Lo que le espera a los usuarios de acá en adelante son cambios propios de la transición, con la firme convicción que serán para mejora del servicio y eficiencia en todo lo que tiene que ver con la gestión de sus pensiones.

Tomado de: miplanilla.com