Colombia tiene un reto muy grande en materia pensional y es educar a las personas no solo para que entiendan bien cuál es el régimen que más les conviene para alcanzar su jubilación sino también para que conozcan los criterios que deben evaluar al momento de elegir dónde quieren estar. (Lea: Cambio de régimen pensional solo se puede cada cinco años).

“El tema es pedagogía y se debe empezar por concientizar a la gente sobre la importancia de revisar su historia laboral y verificar, de manera permanente, que el empleador le está consignando los aportes para su pensión como deben ser, pues esa historia es como una cuenta de ahorros”, señaló Mauricio Olivera, presidente de Colpensiones.

Las declaraciones del funcionario se dan a propósito de las conclusiones del documento de trabajo ‘Movilidad e interacción entre regímenes del sistema general de pensiones colombiano’ elaborado por la Dirección de Regulación Económica para la Seguridad Social del Ministerio de Hacienda, dadas a conocer el pasado miércoles. (Además: El 95 % de quienes trasladaron sus pensiones se equivocaron)

Si bien uno de los grandes anhelos de la mayoría de trabajadores colombianos es lograr su pensión, también lo es que el monto de la mesada sea el más alto posible, para lo cual, desde luego, deberá tener en cuenta el promedio de sus ingresos de los últimos 10 años, en el caso del régimen público o el volumen de ahorro acumulado, si cotizó en un fondo privado (AFP), entre otros.

Los expertos insisten en que, al momento de tramitar la pensión, no existen reglas comunes, cada caso es único, por lo que recomiendan no tomar decisiones basadas en experiencias exitosas de amigos o familiares, porque lo más probable es que su situación sea distinta. (Gráfico: los afiliados que deciden retornar a Colpensiones) 

En Colombia las personas tienen derecho a elegir con qué régimen quieren obtener su jubilación, no obstante, esa decisión se debe tomar basada en un análisis juicioso de su situación laboral, edad, semanas cotizadas y el ahorro, pues las condiciones de la pensión varían según el régimen.

Pensando en que ese análisis no resulta fácil para muchos colombianos, a finales del 2014 el Gobierno sancionó la Ley 1748, que obliga tanto a los fondos privados (AFP) como a Colpensiones a brindar la asesoría necesaria a los afiliados que deciden cambiarse de régimen.

“Nosotros ya empezamos ese proceso de acompañamiento y de pedagogía enviando 1,8 millones de extractos junto con una carta invitando a las personas a que revisen su historia laboral que es un ahorro de semanas para obtener la pensión y Colpensiones está acompañando a los ciudadanos en la construcción de su pensión”, dijo Olivera.
El documento del Ministerio de Hacienda señala que entre los criterios básicos que se deben tener en cuenta antes de decidir qué régimen elegir (público o privado) están:

1. Estar cerca de cumplir 10 años menos a la edad de pensión, 47 para las mujeres y 52 en los hombres.

2. Haber cotizado entre 800 y 900 semanas, de tal manera que esto le permita asegurar que en los 10 años que faltan, pueda completar las 1.300 necesarias para la jubilación.

3. Que su ingreso base de liquidación esperado (IBL) sea mayor a 1,6 salarios mínimos mensuales legales vigentes (smmlv).

Olivera insiste en que al margen de esos criterios, que son válidos, cada historia es un mundo aparte y por lo tanto se requiere de una asesoría individual para que la persona pueda estar en el régimen que más le conviene.

Pero, ¿qué hacer si se tomó la decisión menos conveniente? Las normas, entre estas la Ley 797 del 2003, señalan que los afiliados solo podrán trasladarse de sistema una sola vez cada 5 años, contados a partir de la última selección. También impuso que el afiliado no podría cambiarse cuando le falten 10 años o menos para cumplir la edad necesaria para obtener su jubilación.

Así que la persona podrá devolverse a su antiguo régimen solo cuando haya permanecido en el actual mínimo cinco años y si se encuentra en el rango de edad permitido, esto es, no haber cumplido aún los 47 años en el caso de las mujeres y 52 años para los hombres.

tomado de:https://www.eltiempo.com/economia/sectores/pensiones-en-colombia-entrevista-con-presidente-de-colpensiones/15544957