(Portafolio) El objetivo que deben generar las concesiones ofrecidas por el gobierno deben redundar en beneficio social y crecimiento económico.

Con el proceso de paz, vienen de la mano mecanismos fomentados por el gobierno, para el impulso de las zonas afectadas y vulnerables que vivieron en carne propia los rigores del conflicto; surgen entre ellos un Régimen Especial de Tributación que consiste en una tarifa especial de renta para los próximos 10 años.

Para las nuevas empresas que se instalen y desarrollen sus actividades en zonas más afectadas por el conflicto armado (ZOMAC) e impulsen la contratación de mano de obra del lugar y generen crecimiento y desarrollo, y que se formalicen legalmente a partir del 29 de diciembre de 2016, en este grupo empresarial no se incluyen las empresas que se dediquen a la explotación de hidrocarburos, la minería, y a las consideradas como grandes contribuyentes o las que se dedican a la actividad portuaria, derivados de la reforma tributaria del año 2016.

Para ser beneficiario de este incentivo se requiere establecer el tamaño del ente económico y requisitos mínimos en inversión y generación de empleo. Este incentivo de progresividad en la tarifa general del impuesto de renta y complementarios quedó establecido de la siguiente manera

Tarifa general del impuesto de renta y complementarios

Es aquí donde se resalta que, dentro de los principales objetivos de la reforma tributaria, en su momento, de acuerdo con el Ministro de Hacienda, “era la de avanzar en la equidad tributaria mejorando la distribución del ingreso” lo que algunos ciudadanos se cuestionan es en donde queda la equidad tributaria cuando existen “condiciones especiales” para algunos contribuyentes.

Por principio las economías deberían por si solas poder cubrir sus gastos, sin embargo, eso en la realidad no es posible; estos beneficios tributarios o exenciones fiscales se justifican entre otros cuando:

1. El gobierno central no puede con su flujo de caja realizar proyectos o gastos en bienes públicos o en bienes meritorios y concede a un tercero la ejecución del mismo con la confianza que esa obra cumplirá y cubrirá las necesidades, requerimientos, cualidades y calidades propias del uso de la comunidad en general.

2. En épocas de catástrofes naturales o conflictos internos (guerras civiles) o externos que implique una alta carga en la recuperación de víctimas, (en el caso reconstrucción de ciudades o el pago por indemnización o reparo de guerra.

3. Cuando la brecha de ingresos esperados y el recaudo efectivo no se ajusta al requerimiento del Gobierno Central. 

El siguiente mecanismo utilizado por el Gobierno para el desarrollo de obras es que impulsará 6 sectores y que se referencia a continuación: El 15 de febrero de 2018, el Gobierno Nacional, modificó el artículo 2 del Decreto 1915 de 2017, estableciendo como fecha límite para la presentación de proyectos hasta el 15 de marzo del año en curso, período o plazo que inicialmente era hasta el 15 de febrero, en donde sé que establece el beneficio tributario de Obras por impuestos, y que permite a las empresas el pago del impuesto, mediante la ejecución de obras, las áreas que establecen estos proyectos son: construcción, mejoramiento, optimización o ampliación en Infraestructura, Educación Pública; Salud Pública; Agua Potable y Alcantarillado y Energía, deben ser obras consideradas de trascendencia social en las zonas más afectadas por el Conflicto Armado (ZOMAC) que corresponde a 344 municipios y que representan el 53% de la geografía nacional.

Este mecanismo de Obras por impuestos ya se había establecido como un instrumento por el Gobierno Peruano, mediante ley promulgada en el año 2008, con el fin de agilizar y hacer más eficiente la ejecución de la inversión pública en todo el país.

En el caso colombiano para estos proyectos podrán vincularse las empresas que en el año o período gravable obtengan ingresos brutos iguales o superiores a (33.610) Unidad de Valor Tributario, (UVT) es decir, lo equivalente a algo más de $1.000 millones y con ello extinguir de acuerdo con el artículo 238 de la Ley 1819 de 2016 a través de inversión directa, las obligaciones tributarias sobre la renta y complementarios. Seleccionar el proyecto al cual decida vincular su impuesto del total de proyectos consignados cada año, mediante comunicado suscrito por el representante legal de la empresa, indicando la obligación que pretende pagar, esta solicitud se debe realizar a más tardar el 31 de marzo que corresponde a los 3 meses establecidos por ley.

Este pago de impuesto sobre la renta y complementarios se podrá realizar tal como versa el decreto en 2 modalidades de pago, la primera en la inversión directa hasta el 50% del impuesto sobre la renta y complementario; la segunda modalidad en inversión directa cuyo valor supere el 50% del impuesto sobre la renta y complementario.

De los 27 proyectos o iniciativas registrados y publicadas en el Banco de Proyectos de inversión, que está administrado por la Agencia de Renovación del Territorio (ART) en coordinación con el Departamento Nacional de Planeación (DNP), 9 corresponden al sector de infraestructura vial, y en este caso en particular viabilizados por el Ministerio de Transporte, estos proyectos son los siguientes:

cifras Banco de Proyectos - DNP

Cifras Banco de Proyectos – DNP

ARCHIVO PARTICULAR.

Estos programas buscan complementar en el caso de la infraestructura, los ya existentes como el programa Estratégico de Obras públicas Vías para la equidad- el cual está previsto para terminarse en el 2019, con 8 proyectos.

En los últimos años se ha presentado un descenso en el crecimiento del sector obras civiles, de ahí la importancia de vincular a otros actores en el empuje de este segmento, ya que el Estado por sí solo no puede responder por la mejora en infraestructura y se evidencia en una caída porcentual en los últimos años, tal como lo muestra la tabla.

Crecimiento del PIB de Obras Civiles vs PIB Total.

Crecimiento del PIB de Obras Civiles vs PIB Total.

ARCHIVO PARTICULAR.

Cuando la empresa escoge el proyecto y se le adjudica debe crear un encargo fiduciario por el monto del proyecto, estos recursos son considerados como recursos propios de la empresa, y en este momento la DIAN considera que se suspende la obligación tributaria mientras se ejecuta y lleva a cabo el proyecto, la obligación termina cuando se entrega oficialmente la obra, es allí donde los recursos cuando el proyecto se transfiere al Estado, y es este último es quien define quien lo administrará.



Cabe resaltar que la empresa es la que elige el proyecto, el ente económico asume el riesgo, pero también se lleva el crédito si este llega a su fin y beneficia a la comunidad.

En caso de incumplimiento del proyecto, el pago se reconocería de forma proporcional con el grado de avance de la obra y se deberá en ese caso pagar una sanción equivalente al 100% (cien por ciento) del valor ejecutado.

En esta modalidad de Obras por Impuestos no hay descuentos tributarios para las empresas, contable, financiera y tributariamente es igual para las empresas, pero a cambio obtienen un reconocimiento a su labor a su buen nombre y los impuestos (que normalmente se critican por no cumplir su objetivo o destino), lo cumplen a cabalidad, el cual es verse reflejado en obras y/o proyectos que benefician a la comunidad y generen crecimiento y desarrollo.

Para que sean efectivos estos beneficios y evitar, en lo posible, cualquier acto de “corrupción” o intención del mismo, se requiere de un ente de control o vigilancia, que no puede quedar solo en manos de las interventorías propias del proyecto, este grupo debe alinearse bajo algunos criterios, aunque se creó bajo el Decreto 88 del 27 de mayo de 2017 la Unidad Delegada para el Posconflicto que está a cargo de la Contraloría General dela República y cuyo propósito fundamental es coordinar y realizar seguimiento a la implementación del Acuerdo de Paz y estos beneficios tributarios son para el posconflicto. Se debería crear un grupo multidisciplinario que se podría enmarcar de la siguiente forma:

1. Control Político. Por parte del Congreso de la República.

2. Control Fiscal. Por parte de las Entidades del Gobierno.

3. Control Ciudadano. Que incluya a miembros de la sociedad civil, Representantes de las Universidades, los Gremios, Asociaciones profesionales, entre otros.

Lo anterior no garantiza que no se presenten posibilidades de corrupción o fraude, pero generarían grados de confianza por parte de la comunidad.

Otro de los frentes sobre los que trabaja el gobierno en Infraestructura, es en el desarrollo del CONPES 3857 titulada: Lineamientos de política para la gestión de la red terciaria. En dicho documento la red vial terciaria cuenta con una extensión de 142,284 kilómetros que corresponde al 69,5% del total de la malla vial colombiana, de éstos 27,577 km están a cargo de la Nación en cabeza del INVIAS, 100,748 km a cargo de los municipios 13,959 a cargo de los departamentos (tabla 2). Estas vías terciarias complementan los 4G y El Plan Maestro de Transporte Intermodal (PMTI), que de alguna manera es un esfuerzo por el Gobierno para organizar en forma eficiente y estratégica el crecimiento del país.

Lo que se busca con la implementación, puesta en marcha y desarrollo de este plan, es entre otros reducir la pobreza, los costos de producción y transporte, mejorar la accesibilidad territorial, a los servicios básicos, a los centros de producción, logrando beneficio a los habitantes de los territorios seleccionados en especial a los grupos afectados por el conflicto armado. Así mismo, se podrán establecer centros educativos, desarrollo de proyectos en vivienda, acceso a la salud, trabajando eso sí de manera ordenada para establecer una política de medio ambiente y desarrollo sostenible.

Distribución de la Red terciaria

Distribución de la Red terciaria

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La inversión esperada supera el billón de pesos, de acuerdo con datos del DEE-DNP,el efecto en empleos se espera que sea de 10.720 con un efecto sobre el crecimiento del PIB del 0,082%. Lo anterior implica un impacto en cuanto al empleo y el crecimiento que propiciará el desarrollo futuro del país. Adicionalmente, se proyectó un factor multiplicador en los diferentes sectores tal como se refleja en la siguiente tabla.

Factor multiplicador por sectores Análisis

Factor multiplicador por sectores

ARCHIVO PARTICULAR.

Al final, lo que debe promoverse es que la infraestructura y el desarrollo vayan de la mano, alineados con los requerimientos y necesidades del país, y se deberán utilizar las herramientas dispuestas para ello, siempre y cuando, la sombra de la corrupción y los malos manejos no tengan posibilidad alguna.

El gran reto consiste en construir y rehabilitar nuevos accesos rurales.

Empieza la cuenta regresiva para la puesta en marcha de estos proyectos, solo el tiempo no dirá si la medida sirvió para promover los diferentes sectores objetivo, pero en especial el de la infraestructura.

El objetivo que deben generar las concesiones ofrecidas por el gobierno deben redundar en beneficio social y crecimiento económico y que al final no se conviertan en incentivos perversos.

Obtenido de: Portafolio