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Es obligación de las empresas y empleadores garantizar los espacios para fortalecer los vínculos familiares una vez al semestre

La Ley 1857 de 2017 complementó las medidas establecidas en la legislación para proteger la familia y estableció que los empleadores tienen que dar, de manera obligatoria, una jornada al semestre para que los trabajadores fortalezcan sus vínculos con su grupo familiar. Esto, además de adoptar medidas que flexibilicen el horario y las condiciones de trabajo para que los empleados cumplan con sus deberes familiares.

“Los empleadores deberán facilitar, promover y gestionar una jornada semestral en la que sus empleados puedan compartir con su familia en un espacio suministrado por el empleador o en uno gestionado ante la caja de compensación familiar con la que cuentan los empleados. Si el empleador no logra gestionar esta jornada deberá permitir que los trabajadores tengan este espacio de tiempo con sus familias sin afectar los días de descanso, esto sin perjuicio de acordar el horario laboral complementario”, dice la norma.

Entonces, ¿qué opciones tienen las empresas para cumplir con la obligación de dar un día de la familia?

Existen tres alternativas: la primera, organizar una jornada de actividades para que los trabajadores gocen de ese espacio en compañía de su núcleo familiar; la segunda, gestionar el evento a través de la Caja de Compensación a la que están afiliados los empleados; y la tercera, dar un día libre cada semestre, remunerado, para ese propósito.

“Ahora bien, si fue concedido el día y no puso ser disfrutado por el trabajador atendiendo a causas externas relacionadas con el ejercicio de sus labores podría justificarse su aplazamiento y disfrute en el siguiente semestre, sin que esto se vuelva una practica recurrente en la empresa pues se rompería la posibilidad de hacerlo como algo excepcional”, explicó recientemente Loraine Bustamante Mendoza, de Muñoz Abogados, en Asuntos Legales.

Además, agregó que el derecho a tomar el día de la familia no expira, por lo que no se perderá la facultad de disfrutar de la jornada más adelante, y que los empleadores deben evitar agendar las actividades en días de descanso, como los sábados, a menos que estos hagan parte de la jornada laboral ordinaria.

Ahora, para mayor facilidad, Holland & Knight recomendó en sus insights normativos “elegir un día del semestre para dárselo libre a todos los trabajadores como día de la familia y de esta manera no tener que hacer seguimiento del caso de cada trabajador de manera independiente. Así, se garantiza que todos los trabajadores disfruten de ese día asignado como día de la familia, y que al finalizar cada semestre se haya cumplido con esta obligación”.

El seguimiento es importante porque los empleadores deben llevar registro de quiénes han tomado o no el día de la familia, que servirá como material probatorio en caso de que se enfrenten a inspecciones o multas por parte del Ministerio de Trabajo por haber incumplido la obligación.

Es importante aclarar que esta jornada es un derecho de todos los trabajadores, independiente de si tienen hijos o el modelo de familia que tengan, y los empleadores no pueden solicitar un comprobante de que la jornada se usó, efectivamente, para compartir con sus seres queridos.