Ningún ciudadano que desempeñe un oficio o profesión podrá estar por fuera del sistema de aseguramiento en riesgo laborales.

Lo anterior significa que, además de los trabajadores dependientes, también será obligatoria la afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales (SRL) para los contratistas de los sectores público y privado, e incluso los afiliados a las cooperativas de trabajo asociado.

Así lo establece la Ley 1562, que fue firmada ayer por el presidente, Juan Manuel Santos, y que crea un sistema más ambicioso en cuanto a cobertura que el de Riesgos Profesionales, que desaparece para darle paso al SRL.

Por ello, como lo señala Fasecolda, establece que también se tendrán que afiliar los miembros activos voluntarios de la Cruz Roja, los bomberos y la Defensa Civil.

A los anteriores se agrega la afiliación obligatoria de los estudiantes de instituciones educativas públicas o privadas que ejecuten trabajos que signifiquen ingresos para la institución o cuyo entrenamiento es requisito para la culminación de sus estudios e involucra un riesgo ocupacional; los trabajadores independientes que laboren en actividades de alto riesgo, y miembros de las agremiaciones o asociaciones cuyos trabajos sean fuentes de ingreso para la entidad.

La Ley, indicó el subdirector de la Cámara de Riesgos Profesionales de Fasecolda (gremio que agrupa a las ARP y que en adelante se llamarán ARL), Juan Carlos Aristizábal, considera accidente de trabajo cualquier suceso que por razones laborales produzca una lesión orgánica, perturbación funcional o siquiátrica, invalidez o la muerte.

Para el vicepresidente de Promoción y Prevención de la aseguradora Positiva, Álvaro Vélez, con la nueva normatividad se tendrán en cuenta los factores de riesgo sicolaboral (eventos que generen una alteración siquiátrica como consecuencia de su trabajo).

Tomado de: portafolio.co