– La matrícula mercantil es un medio legal que le permite brindar publicidad sobre su condición de comerciante.

– Inscribirse en el Registro Mercantil sin ser comerciante y/o suministrar información que no corresponda acarrea graves consecuencias: “La falsedad en los datos que se suministren al Registro Mercantil será sancionada conforme al código penal. La respectiva Cámara de Comercio estará obligada a formular denuncia ante el juez competente” (Artículo 38 del Código del Comercio).

– “Las cámaras podrán exigir al comerciante que solicite su matrícula que acredite sumariamente los datos indicados en la solicitud con partidas de estado civil, certificados de bancos, balances autorizados por contadores públicos, certificados de otras Cámaras de Comercio o con cualquier otro medio fehaciente” ( Artículo 36 del Código de Comercio).

¡Revise y evítese sanciones penales!

Tomado de: ccb.org.co