durante los próximos 27 días un total de 1.125.993 colombianos deberán echarle lápiz a sus ingresos con miras a presentar su declaración de renta y patrimonio por el año gravable 2011.

Los vencimientos oficiales para las personas naturales empezarán este 9 de agosto y se prolongarán hasta el próximo 6 de septiembre (Ver tabla).
 
 

Para agosto, el Gobierno espera un recaudo por $630.637 millones, mientras para septiembre se proyecta obtener $195.104 millones.
 
 

Estos resultados se estiman luego de aplicar las retenciones, los saldos a favor y anticipos del impuesto de renta que se hayan hecho.

Los contribuyentes responsables del impuesto de la renta se dividen en tres grupos: asalariados, contribuyentes de menores ingresos y trabajadores independientes.
 
 

La Dirección de Impuestos y Aduanas, Dian, a través de la página www.dian.gov.co facilitará el servicio de programa de ayuda para realizar la declaración y el pago. Para esto se debe acceder al mecanismo digital.
 
 

Hasta la fecha hay 320.000 personas naturales que pueden declarar y pagar por medios electrónicos. Para declarar y pagar el impuesto usted deberá tener el Registro Único Tributario, RUT.
 
 

Los obligados

 

Están obligados a declarar renta todos los asalariados, los trabajadores independientes o contribuyentes de menores ingresos, cuyos bienes hubieran sumado en total $113.094.000 al 31 de diciembre del 2011.
 

Si usted está por debajo de ese tope, luego de aplicar las deducciones del caso, no estará obligado a declarar. Las personas naturales deberán declarar renta en el formulario 110, establecido por la Dian.

Los asalariados

 

Están obligados a declarar los asalariados con ingresos superiores a los $102.363.000, o que sus consumos con tarjetas y compras en general (vehículo, mercancías, casa, lote, etc) hayan estado por encima de los $70.370.000.

 

Igualmente, está obligado el asalariado con un patrimonio superior a los $113.094.000, o que el valor acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras (Cdt, fiducias, acciones, etc) haya sumado más de $113.094.000 en el 2011.
 
 

Independientes y otros

 

Deben declarar los trabajadores independientes que en razón de su actividad o profesión (honorarios, comisiones, servicios etc), hayan tenido ingresos superiores a $82.936.000, o que posean un patrimonio superior a $113.094.000.
 
 

También están sujetos de esta obligación cuando hayan hecho compras por encima de $70.370.000. No están obligados a declarar los llamados contribuyentes de menores ingresos: pequeños comerciantes, artesanos y rentistas de capital cuyos ingresos no hubieran superado los $35.185.000.

Tomado de: elpais.com.co