Fuente: https://www.ambitojuridico.com/noticias/tributario/administrativo-y-contratacion/concejos-pueden-adoptar-esquema-simplificado-de

De acuerdo con lo previsto en el artículo 346 de la Ley 1819 del 2016, sobre sistema preferencial del impuesto de industria y comercio, los concejos municipales, haciendo el correspondiente análisis de pertinencia, tienen la opción de fijar un esquema simplificado de determinación del impuesto con tarifas en UVT para pequeños contribuyentes, es decir, el valor del impuesto corresponde a un monto fijo, según la clasificación o rangos previstos en el respectivo acuerdo municipal.

El objetivo de este mecanismo es, precisamente, simplificar la determinación y el control del impuesto para los contribuyentes de menores ingresos.

De otra parte, recordó el Ministerio de Hacienda, los acuerdos proferidos por los concejos municipales son actos administrativos que se presumen legales mientras no hayan sido anulados por la jurisdicción de lo contencioso administrativo.

En el evento de ser suspendidos, no podrán ejecutarse hasta tanto se resuelva definitivamente sobre su legalidad o se levante dicha medida cautelar.