Panamá ya no es paraíso fiscal.
Colombia y Panamá logran acuerdo para luchar contra evasión de impuestos.
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(Accounter.SAS) En los contratos laborales es conocida la norma que establece el periodo de prueba, tiempo durante el cual el empleador puede despedir al empleado, sin ningún motivo o razón aparente, esta norma establece de manera general que el periodo de prueba corresponde a la quinta parte del término de duración del contrato, o de dos meses en el caso que el contrato sea a término indefinido, al respecto el Código Sustantivo de trabajo (CST) establece:
2.a. El empleador puede excluir de la base de la contribución por aportes parafiscales las bonificaciones extralegales expresamente excluidas como factor salarial siempre que pruebe que, en los términos del art. 128 del C.S.T., no son constitutivas de salario.