Señora
MARIBEL DUQUE CORREA
Auxiliar Contable Consorcio Rem

 
Ref: Solicitud radicado 01356 del 04/06/2013

Cordial saludo señora Maribel.

TEMA: Impuesto sobre la renta pra la equidad – CREE
DESCRIPTORES: Retención en la fuente
FUENTES FORMALES: Ley 1607 de 2012 arts 20 y ss, Decreto 862 de 2013

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008 y la Orden Administrativa 000006 del 21 de agosto de 2009, la Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina está facultada para absolver de manera general las consultas escritas que se formulen sobre interpretación y aplicación de las normas tributarias nacionales, en materia aduanera o de comercio exterior, en lo de competencia de la DIAN, razón por la cual su consulta se absolverá en el marco de la citada competencia.

En el escrito de la referencia pregunta si la declaración de retención por impuesto sobre la renta para la equidad — CREE,debe presentarse aún en los meses en los cuales no ha habido operaciones.

De conformidad con el Decreto 862 de 2013, los agentes de retención o autorretenedores del impuesto sobre la renta para la equidad — CREE, deberán declarar y pagar mensualmente las retenciones efectuadas en cada mes en el formulario prescrito por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Como quiera que no existe disposición en sentido contrario, la declaración deberá presentarse mensualmente aun respecto de los meses en los que no hubo operaciones sometidas a retención.

En los anteriores términos se resuelve su solicitud y cordialmente le informamos que tanto la normatividad en materia tributaria, aduanera y cambiaria, como los conceptos emitidos por la Dirección de Gestión Jurídica en estas materias pueden consultarse directamente en nuestras bases de datos juridicas ingresando a la pagina electronica de la DIAN www.dian.gov.co siguiendo los iconos: Normatividad- Tecnica y seleccionando Doctrina y direccion de gestion juridica.

Atentamente

Leonor Eugenia Ruiz Villalobos
Subdirectora de gestion Normativa y Doctrina