Fuente : www.larepublica.com.co

Los empleadores que vinculen laboralmente adultos mayores de 55 años, estarán exentos como beneficio durante la vigencia del contrato al pago de los aportes parafiscales al Sena, al Icbf y a las Cajas de Compensación Familiar.

De igual forma obtendrán un descuento del 20 por ciento del pago de impuesto de renta y complementarios. Estos beneficios cesarán a favor del empleador una vez el empleado adulto mayor sea beneficiario de su pensión por vejez o por discapacidad.

Para los mayores de 60 años, de estrato 1 y 2 o del mismo nivel del sisben recibirán por parte del estado una mesada correspondiente al 50 por ciento del salario mínimo legal mensual como pensión de vejez la cual no será transferible por causa de muerte.

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