Concepto Tributario  037740

25 de mayo de 2011

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

Información relacionada con antecedentes cambiarios de personas naturales y sociedades está amparada con reserva legal

De conformidad con el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008 y la Orden Administrativa 000006 de 2009, este despacho es competente para absolver en sentido general las consultas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias, aduaneras o de comercio exterior y control cambiario en lo de competencia de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

En relación con su consulta acerca de si la información relacionada con antecedentes cambiarios de personas naturales y sociedades está amparada con reserva legal, este despacho considera:

El artículo 15 de la Constitución Política dispone que” … Para efectos tributarios o judiciales y para los casos de inspección, vigilancia e intervención del Estado podrá exigirse la presentación de libros de contabilidad y demás documentos privados, en los términos que señale la ley”.

Conforme a lo anterior, el artículo 7 del Decreto Ley 1 092 de 1996 determina que la información que en materia cambiaria de personas naturales y sociedades disponga cualquier autoridad pública; es objeto de reserva legal en atención a principios superiores de rango constitucional como el establecido en el artículo 15 de la Constitución Política que protege el derecho a la intimidad como un derecho fundamental.

De otra parte, el artículo 246 de la Ley 906 de 2004 estipula que las actividades que adelante la policía judicial en desarrollo del programa metodológico de la investigación, que impliquen afectación de derechos y garantías fundamentales, se podrán realizar únicamente con autorización previa proferida por el juez de control de garantías a petición del fiscal correspondiente.

Así las cosas, es preciso concluir que en desarrollo de preceptos constitucionales, la información sobre antecedentes cambiarlos que posee la DIAN, es objeto de reserva en los términos legales previstos en las normas anteriormente citadas, normas que vinculan tanto a los servidores públicos como a funcionarios de entidades u organismos de carácter privado.

OFICINA JURÍDICA.

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