Las cesantías son un auxilio que el empleador debe pagar al colaborador cada año, independientemente del tipo de contrato laboral que sostengan y es equivalente a un mes de salario o proporcional al tiempo laborado.

De acuerdo con el artículo 253 del Código Sustantivo del Trabajo (CST), esta prestación social se liquida tomando como base “el último salario mensual devengado por el trabajador, siempre que no haya tenido variación en los tres últimos meses. En el caso contrario y en el de los salarios variables, se tomará como base el promedio de lo devengado en el último año de servicios o en todo el tiempo servido si fuere menor de un año”.
 

La empresa tiene por obligación consignar la suma equivalente antes del 15 de febrero en un fondo de cesantías. Los empleados con un salario integral que supere más de 10 salarios mínimos legales vigentes no pueden acceder a este pago.
 

¿Cuándo pueden retirarse?
 

Las cesantías representan un ahorro significativo durante la época laboral porque sirven como un seguro de desempleo, con el que puede contarse hasta encontrar un nuevo lugar de trabajo.
 

Para los cerca de 7 millones de trabajadores en el país que acceden a este beneficio (aproximadamente, 6 millones de afiliados a fondos privados de pensiones y un millón al Fondo Nacional del Ahorro), las alternativas de uso a las que tienen derecho con dicho ahorro, se enfocan en tres necesidades básicas amparadas por la ley: vivienda, desempleo y educación.
 

No obstante, el retiro total, solo puede efectuarse cuando el propietario fallece o es despedido, según datos del Ministerio del Trabajo. También, los empleados podrán elegir la entidad administradora y el fondo privado de su preferencia. Las cesantías equivalen a un salario del afiliado por año laborado más la rentabilidad.
 

¿A qué fondo ingresar?
 

En Colombia, a partir de la Ley 1328 de 2009 se creó el esquema Multiportafolios, que les permite a los afiliados elegir entre los portafolios de corto y largo plazo. Cada uno con características particulares de inversión, rentabilidad y tiempo de permanencia. Asofondos explica los puntos clave para tomar una buena elección.
 

Largo plazo
 

– Los afiliados tienen que conservar sus cesantías por un periodo largo, mínimo de un año.
 

– Sus inversiones son a mayor plazo y posiblemente con más riesgo, por ende la rentabilidad tiende a ser mejor.
 

– Es ideal para personas con un perfil de riesgo moderado.
 

– Se realizan inversiones en mercados nacionales y globales en diferentes tipos de activos de renta fija y de renta variable (tales como títulos de la Nación, bonos y acciones, entre otros).
 

– El portafolio busca retornos consistentes en el mediano plazo.
 

– La rentabilidad se calcula en un periodo acumulado de 24 meses.
 

– Comisión de administración del 3 % efectivo anual.
 

– No tiene comisión para el retiro cuando el trabajador se quede sin empleo.
 

– Comisión por retiro parcial de 0.8 %.
 

Corto plazo
 

– Los empleados pueden utilizar sus cesantías en un periodo corto, menos de 12 meses.
 

– Sus inversiones son de menor riesgo y la rentabilidad tiende a ser menor que en el portafolio a largo plazo.
 

– Su objetivo es mitigar el riesgo de pérdida en los retiros que se realicen en el corto plazo.
 

– Está ideado para personas con un perfil de riesgo conservador, aquellos quienes prefieren la seguridad.
 

– Las inversiones se ejecutan en mercados locales y globales en activos con muy baja volatilidad en sus retornos. Invierte en instrumentos que puedan venderse fácilmente, con el fin de resguardar el capital pero sin generar altas rentabilidades, así puede atenderse los retiros que se presentan en poco tiempo.
 

– La rentabilidad se calcula en un periodo acumulado de tres meses.
 

– Comisión de administración del 1 % efectivo anual.
 

– No tiene comisión para el retiro por desempleo.
 

– Comisión por retiro parcial de 0.8 %.
 

¿Por qué ahorrar?
 

Asofondos recomienda preservar las cesantías como un ahorro a largo plazo y un mecanismo efectivo de protección y bienestar porque al observar los patrones de comportamiento en el uso, vieron que entre marzo de 2001 y octubre de 2012 los trabajadores colombianos utilizaron un monto total de $20.4 billones, provenientes de su ahorro.
 

Un análisis más reciente de 2011 a 2012 muestra que del total de los retiros mensuales, un 44 % cubrió gastos asociados a vivienda, un 35 % fue destinado para la protección del empleado frente a la desvinculación laboral y cerca de un 8 % se invirtió en fines educativos.
 

También es importante destacar que los mayores beneficiarios de este ahorro, canalizado a través de las cesantías son los trabajadores de bajos ingresos, como lo reflejan las cifras: un 55 % de los colaboradores que retiran sus cesantías para vivienda y desempleo devengan menos de 2 salarios mínimos.

Tomado de:elempleo.com