(Asuntos: legales) Otra de las necesidades surgidas por la aparición del covid-19, tiene que ver con el seguimiento a la propagación del virus a partir de los ciudadanos portadores y las personas a las que hubiere podido contagiar. Para esto, siguiendo las experiencias exitosas, a la luz de los resultados, de Corea del Sur, Hong Kong y China se han diseñado aplicaciones manejadas por los entes territoriales para hacer seguimiento a la ciudadanía, previa la entrega de datos personales sensibles, que en tiempos normales sería impensable.
(El Tiempo) El subsidio de transporte ahora será destinado a este beneficio. Conozca en qué casos aplica.
Conocido es que mediante el Decreto 551 de abril 15 del presente año, se estableció la exención al IVA para la importación y venta de 211 productos relacionados con el manejo de salud (tapabocas desechables, gafas protectoras, guantes, humidificadores, respiradores, nebulizadores, termómetros manuales y digitales, glucómetros, camas, vendas, alcohol, jabones, detergentes para lavado de ropas, desinfectantes, etc.)
(Ámbito Jurídico) La alcaldesa de Bogotá, Claudia López, anunció esta mañana que iba a derogar el parágrafo del Decreto 131 que, en sus palabras, generaba confusión respecto del registro obligatorio en la aplicación digital Gobierno Abierto de Bogotá (GABO) para poder movilizarse por Bogotá.
Como consecuencia de la nueva extensión del Aislamiento Preventivo Obligatorio para contener el Covid-19, la Superintendencia de Sociedades se permite informar la modificación de los plazos para la presentación de los estados financieros de las empresas con corte al 31 de diciembre de 2019 y modificaciones de otros plazos de informes de interés.
En esta oportunidad, como parte de las reglas emitidas a raíz de la emergencia económica, el Gobierno ha emitido el Decreto 678 del 20 de mayo por medio del cual promueve un alivio financiero a los contribuyentes de los impuestos territoriales y a su vez impulsa el presupuesto de las entidades territoriales (departamentos y municipios).
(Ámbito Jurídico) En reciente concepto, el Ministerio del Trabajo precisó que no está permitido obligar a los trabajadores a solicitar y acceder a tomar licencias no remuneradas so pretexto de mantener el empleo, pues esta práctica, además de ser ilegal, afecta dolorosamente la vida del trabajador y su familia, al no poder contar con ingresos suficientes para atender la actual crisis.
Según anunciamos en nuestro documento TRIBUTAR-io 724 de mayo 20 anterior, el Gobierno produjo nuevas reglas frente al programa de apoyo al empleo formal (PAEF), señalando dentro de los requisitos para tener derecho al subsidio cumplir con un mínimo de empleados en la planilla de liquidación de aportes del mes de abril de 2020, frente a la misma por el mes de febrero del mismo año.
(Ámbito Jurídico) El Gobierno Nacional, a través del Ministerio del Trabajo, ha previsto diferentes alternativas por las que pueden optar los empleadores con el fin de proteger el derecho al trabajo de sus empleados, bajo un principio protector y de solidaridad en el marco de la emergencia sanitaria que vive el país por el coronavirus (covid-19).
(El tiempo) También se anunciaron medidas sobre actividad al aire libre y el regreso del fútbol profesional.
(Ámbito Jurídico) Para aliviar los impactos económicos producidos por la crisis sanitaria derivada de la pandemia del coronavirus (covid-19), el Gobierno expidió el Decreto 688, con el cual se establece, de manera transitoria, la tasa de interés moratoria que regirá hasta el 30 de noviembre del 2020 para el pago de las obligaciones administradas por la Dian
El CTCP expide la orientación No. 18 - Aplicación de las Normas de Información Financiera y Normas de Aseguramiento de Información como consecuencia de la declaratoria de pandemia del coronavirus COVID-19, la cual tiene como propósito de ayudar a mejorar la información que se presenta durante el período de la emergencia sanitaria y en los períodos siguientes