La Corte Constitucional en un trascendental fallo determinó que a partir del primero de julio las empresas liquidadoras deberán empezar la reliquidación las pensiones de los congresistas y magistrados que superan los 25 Salarios Mínimo Legales Vigentes hasta el 31 de diciembre de 2013.
En ese sentido, el fallo precisa que en adelante tales pensiones se liquidarán sobre el 75% devengado durante los últimos 10 años de trabajo y no durante su último año como anteriormente se realizaba.
“Como factores de liquidación de la pensión sólo podrán tomarse aquellos ingresos que hayan sido recibidos efectivamente por el beneficiario que tengan carácter remunerativo del servicio y sobre los cuales se hubieren realizado las cotizaciones respectivas”, dice la sentencia.
Según el fallo, las mesadas correspondientes a pensiones reconocidas durante ese régimen especial no podrán superar los 25 SMLVa partir del primero de julio del presente año.
Sin embargo, la sentencia deja en claro que las pensiones que fueron reconocidas al amparo del artículo 17 de la ley cuarta de 1992 con fraude a la ley, serán revisadas por los representantes legales e instituciones de seguridad social competentes.
tomado de:caracol.com.co