Lo primero que debe tener en cuenta, antes de hacer el reclamo, es que el valor de su impuesto predial comparado con el del año pasado no puede superar un incremento del 25%. Por ejemplo, si usted pagó 100 pesos en el 2012 en el 2013 como tope le pueden cobrar 125 pesos.
Así está estipulado en la ley 1450 del 2011 artículo 23 y 24 con el fin de proteger a los contribuyentes. Además, los predios rurales tienen una protección especial.
Si el cobro supera ese porcentaje, usted puede presentar una queja en las oficinas de Catastro o en el Instituto Agustín Codazzi y mientras se resuelve la queja el cobro debe ser suspendido.
El representante a la Cámara por Montería, David Barguil, evidenció el abuso en los cobros. En un predio rural el avalúo pasó de 549'378.000 millones de pesos a más de 12.000 millones de pesos.
Luego de la reclamación del usuario bajo a 1.900 millones, sin embargo el proceso no fue hecho de manera adecuada porque se está cobrando sobre el límite permitido
Aunque hay casos específicos en el que el impuesto puede exceder la tarifa prevista en el Plan Nacional de Desarrollo, como los lotes de engorde y los que cambiaron a predios comerciales, el cobro al resto de los inmuebles se deben ajustar a la norma.
Tomado de:canalrcnmsn.com