Diariamente ante las diferentes compañías de telefonía traen al mercado nuevos smartphones o teléfonos inteligentes a cero pesos o a mitad de precio, una publicidad muy atractiva que engancha para que nuevos usuarios se hagan a equipos de última tecnología y con mayores planes de voz y datos. Sin embargo, esa atractiva propaganda tiene algunos puntos, que los usuarios no conocen a fondo o poco prestan atención. Por ejemplo en el mercado es posible encontrar diferentes tipos de planes que incluye un plan superior a los $150 mil mensuales y una cláusula de permanencia entre los 12 y los 24 meses.
Pero mientras que los usuarios de telefonía móvil reciben esta nueva ley como una forma de tener libertad al escoger un operador, además de poder acceder a planes más económicos o mejores cuando deseen, por otro lado, las compañías de servicios móviles lanzaron una advertencia por el drástico incremento en el costo de los planes comerciales que traerá la medida.
Las cláusulas de permanencia se pueden establecer en los siguientes casos: cuando se financien o subsidien equipos; cuando se financie o subsidie el cargo de conexión y cuando se incluyan tarifas especiales que impliquen un descuento significativo. El tiempo máximo por regla general es de un año, pero hay casos que cuando se subsidia o financia un nuevo equipo hay cláusulas hasta de 36 meses tanto en telefonía móvil, como en el caso de internet y televisión. Para el caso de los usuarios que recurran a servicios de prepago y pospago, quienes además deseen dar por terminado el contrato, no están obligado por el proveedor a continuar con sus servicios o pagar un excedente por estos contratos, excepto estipulados por el equipo. Se determinará también que las condiciones para los usuarios serían otras ya que este, puede escoger si tener o no una cláusula de permanencia y el proveedor se vera sujeto a ello, a su vez, esta deberá tener la cifra subsidiada correspondiente al aparato que se está usando. Existen ciertas excepciones, el tiempo máximo de las cláusulas de permanencia mínima es de un año y los proveedores de servicios no podrán bloquear o restringir, en ningún caso, el uso de los equipos terminales que no sean suyos.
Aunque este proyecto de ley ha levantado varias opiniones, Rodrigo Lara, Presidente de Asomovil, encuentra en él, diferentes desventajas, por un lado y dependiendo del tipo de cláusula que se tenga, el dispositivo podría aumentar su valor en un 48%, en el mejor de los caso; y por el otro, quienes se verían beneficiados son los operadores virtuales, quienes serían los encargados de generar créditos para que dichas tecnologías móviles sean accesibles a los colombianos, ya que el costo de los equipos de disparará. Para el Representante a la Cámara David Barguil, este proyecto logrará sin duda mejorar la calidad del servicio y disminuir las tarifas.
Grandes beneficios para los usuarios
La iniciativa que hace trámite en el Congreso reglamenta y facilita la portabilidad numérica, disminuye los costos de transacción que asumen los usuarios asociados a la prestación de servicios de comunicaciones, e impide las prácticas comerciales que restringen el derecho de los usuarios a cambiar de proveedor cuando consideren que su operador no le brinda un servicio a satisfacción en términos de atención, calidad y tarifas. En Colombia, existen unas 50 millones de líneas de celulares activas, de las cuales el 88% están en estratos 1, 2 y 3.
Tomado de: larepublica.co