Es común que personas cercanas al titular del impuesto sean las que acudan por trámites de impuestos, incluso empleados de una empresa en el caso de las personas jurídicas. Quien vaya a un punto de atención, debe presentar los siguientes documentos:
Si es persona natural:
• Carta de autorización firmada por el contribuyente (en la carta se debe indicar el nombre y número de identificación del autorizado, así como el trámite que se requiere).
• Fotocopia del documento de identificación del contribuyente.
• Fotocopia del documento de identificación del autorizado.
Si es persona jurídica:
• Carta de autorización firmada por representante legal (en la carta se debe indicar el nombre y número de identificación del autorizado, así como el trámite que se requiere).
• Fotocopia del documento de identificación del representante legal.
• Certificado de Existencia y Representación Legal. Es el documento mediante el
cual se acredita la condición de una persona Jurídica como comerciante y en el se encuentran descritos los datos básicos, representantes legales, composición accionária y demás datos que reposan en el registro mercantil.
Conozca el trámite para solicitarlo haciendo clic aquí.
• Fotocopia del documento de identificación del autorizado.
Recuerde que todos los trámites ante la Secretaría Distrital de Hacienda NO requieren intermediarios ni pago a terceros.
tomado de:radiosantafe.com