• Oficio 08562
    24 de Enero de 2008

DIAN

Procedimiento

Descriptor: Declaraciones de retención en la fuente, e imputación de pagos

Señor

MAURICIO GONZALEZ
Carrera 73 A No. 77 A 66
Bogotá D.C.

De conformidad con lo establecido en los artículos 11 del Decreto 1265 de 1999 y 10 de la Resolución 1618 de 2006, este despacho es competente para absolver en sentido general las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias relativas a los impuestos que administra la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, presupuesto de generalidad bajo el cual será atendida su solicitud teniendo en cuenta que carecemos de competencia para resolver casos particulares.

Sobre la vigencia del artículo 803 del E.T, le informo que esta disposición no ha sufrido ninguna modificación y para su ilustración anexamos copia del Oficio No. 009653 de 2007.

En relación con las declaraciones de retención en la fuente que se tienen como no presentadas, conforme a lo establecido en el literal e) del artículo 580 del E.T le anexo copia del Oficio 005463 de 25 de enero de 2007.

Sobre la presentación anticipada de la declaración de retención en la fuente sin pago y el pago efectuado antes del vencimiento del plazo para declarar y pagar fijado por el gobierno nacional le anexo copia del Concepto No. 104402 del día 14 de diciembre de 2006 y del Concepto 034447 de 1999 que hace referencia a la presentación electrónica de las declaraciones tributarías.

Finalmente y en lo que hace referencia a la imputación de pagos del artículo 804 del E.T modificado por el artículo 6 de la Ley 1066 de 2006 le anexo copia de la Circular 00069 del día 11 de agosto de 2006.

Finalmente se le informa que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales con el fin de facilitar a los contribuyentes, usuarios y público en general el acceso directo a sus pronunciamientos doctrinarios, ha publicado en su página en Internet www.dian.gov.co, la base de los conceptos expedidos desde el año 2001 en materia tributaria, aduanera y cambiaría, a la cual se puede ingresar por el icono de “Normatividad” – “Técnica”- , dando clic en el enlace “Doctrina Oficina Jurídica”

Atentamente


ISABEL CRISTINA GARCES SANCHEZ

Jefe División de Normativa y Doctrina Tributaria

Oficina Jurídica