Me refiero a su consulta, inicialmente remitida a la Presidencia de la República, organismo que la reenvió al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, quien finalmente la remitió a esta superintendencia donde fue radicada con el número 2010-01-030540, relacionada con el procedimiento para que una persona natural comerciante se acoja a la ley de insolvencia empresarial.