Concepto 15778 DIAN 16 de Junio de 2017.

Mediante el escrito de la referencia, se solicita aclarar los oficios: 461 del 13 de marzo y 005918 del 17 de marzo del presente año, definiendo si es necesaria la reglamentación por parte del Gobierno Nacional respecto al numeral 24 del artículo 476 del Estatuto Tributario.

Sobre el asunto, este despacho por medio del Oficio No. 010804 de fecha 8 de mayo del año en curso dio alcance al oficio No. 461 precitado, que se adjunta al presente, haciendo referencia a algunas normas de interpretación del Código Civil con relación a los términos y palabras indicados en el numeral 24, con ocasión a la adición del artículo 187 de la Ley 1819 de 2016, sin que se requiera reglamentación para efectos que proceda la exclusión del impuesto sobre las ventas para los servicios señalados en dicha norma.

Atentamente,

PEDRO PABLO CONTRERAS CAMARGO
Subdirector de Gestión Normativa y Doctrina

Anexo: Oficio No. 010804 de fecha 8 de mayo de 2017, para un total de un (01) folio.