De Computationis Jure Opiniones
Numero 1633, 26 de Octubre de 2015.

Este llamado es aplicable a lo que actualmente está ocurriendo con la regulación contable en nuestro país; efectivamente, las entidades del Estado deben dar ejemplo: por un lado, los reguladores y normalizadores deben actuar con absoluta independencia, las normas que se emitan en materia contable en nuestro país no pueden atender a los intereses particulares de un actor determinado. En varias ocasiones, el organismo de normalización de la contabilidad privada y el regulador de la contabilidad del gobierno, se han opuesto a determinados tratamientos contables, pero desafortunadamente, han imperado los criterios políticos sobre los técnicos a la hora de definir las normas. Pero así como se reclama independencia para el regulador, también hay que reclamar una actitud más ética por parte de los regulados; las entidades no pueden seguir haciendo lobby para tener normas contables que se ajusten a sus expectativas; es muy cuestionable promover reuniones a nivel de las altas esferas gubernamentales para conminar a los reguladores y normalizadores a que emitan un pronunciamiento contable, y es más cuestionable el hecho de que se hagan excepciones en determinados tratamientos contables para unas empresas y para otras no; las asimetrías contables de las que tanto hablaban los regulados y que cuestionaban, resulta que ahora si son válidas y adecuadas.

Y, por su parte, el Gobierno Nacional[1] no puede prestarse para este tipo de artimañas; por ejemplo, cómo es posible, que haya permitido que entidades como las Superintendencias y la DIAN, siendo instituciones del Estado, sigan imponiendo sus intereses; son muy conocidos los famosos decretos de excepciones, que fueron emitidos a pesar de que el Sector Financiero, el Consejo Técnico de la Contaduría y la Contaduría General de la Nación se opusieron, pero al final pudo más el poder que entraña un organismo como la Superfinanciera; y ni que decir de la DIAN : tuvo la potestad de crear un artículo, hecho a su medida, en el Plan Nacional de Desarrollo; mientras todas las entidades del sector público llevaron a cabo su proceso de saneamiento contable en los tiempos previstos por la Ley, la DIAN no fue capaz y creo una excepción para ella. Todo esto, por supuesto, con complacencia del Gobierno.

Como decía el pasado miércoles el Ministro de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en la cadena radial Blue Radio, ¡hay que dar ejemplo!.

Germán Eduardo Espinosa


[1] El artículo 115 de la Constitución Política de Colombia afirma: “El Gobierno Nacional está formado por el Presidente de la República, los ministros del despacho y los directores de departamentos administrativos. El Presidente y el Ministro o Director de Departamento correspondientes, en cada negocio particular, constituyen el Gobierno”