El informe debe contener, como mínimo, una referencia a la información financiera expresada de modo comparativo entre los dos últimos ejercicios contables y tres puntos relacionados.

Los estados financieros, el cumplimiento y el control interno en los cuales se emita opinión respecto de cada elemento de la auditoría.

La función de auditoría que ejerce la revisoría fiscal es un insumo de vital importancia para la supervisión que lleva a cabo la Superintendencia de Sociedades.

—  Las autoridades invitan a los revisores fiscales a informar a la entidad de supervisión si conocen de la existencia de fraude, o tienen indicios de ello

Bogotá, 29 de marzo de 2017 (SS). Los informes sobre estados financieros que entreguen los revisores fiscales a la Superintendencia de Sociedades deberán contener como mínimo los estándares sugeridos por el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP.

De acuerdo CTCP el mencionado informe debería desarrollar los siguientes aspectos: 1) una referencia a la información financiera expresada de modo comparativo entre los dos últimos ejercicios contables y 2) tres acápites diferenciados (relacionados con: a) estados financieros; b) cumplimiento y c) control interno), en los cuales se emita opinión respecto de cada uno de los elementos de la auditoría.

Así lo explicó el superintendente de Sociedades, Francisco Reyes Villamizar tras recalcar que “la función de auditoría que ejerce la revisoría fiscal en las sociedades mercantiles es un insumo de vital importancia para la supervisión que lleva a cabo la Superintendencia de Sociedades”, agregó Reyes Villamizar.

En una carta enviada a más seis mil empresas (de los grupos 1 y 2) del sector real de la economía la Superintendencia de Sociedades invitó a los revisores fiscales a informar a la entidad si conocen de la existencia de fraude, o tienen indicios de ello.
Así mismo, pidió a los revisores fiscales “colaborar con las entidades gubernamentales que ejerzan la inspección y vigilancia de las compañías, y rendirles los informes a que haya lugar o les sean solicitados”.

Reyes Villamizar también destacó la importancia de que los revisores fiscales “den cuenta, por escrito, a la asamblea o junta de socios, a la junta directiva o al gerente, según los casos, de las irregularidades que ocurran en el funcionamiento de la sociedad y en el desarrollo de sus negocios”.

La entidad recordó, además, que por primera vez en la historia económica y financiera del país, todas las sociedades vigiladas por la Superintendencia de Sociedades reportarán sus estados financieros bajo normas internacionales (NIIF).

En el caso de las sociedades clasificadas en el grupo 1, deberán entregar información con corte al 31 de diciembre de 2016 entre el 27 de marzo y el 7 de abril de 2017.

De igual manera, las sociedades clasificadas en el grupo 2, tienen un calendario de recepción comprendido entre el 17 de abril y el 15 de mayo.

Los estados financieros reportados por las entidades empresariales estarán a disposición del público, en el portal web de la Superintendencia de Sociedades, a partir del 15 de junio de 2017.

(fin)

     Ver modelo de informe
 Ver oficio