Importación libre de arancel e IVA diferido para exportadores de servicios

¿En qué consiste?

El Plan Vallejo de Servicios (PVSS) es un instrumento de comercio exterior a través del cual se pretende reactivar las exportaciones de servicios de Colombia. Por medio de esta herramienta las empresas exportadoras de servicios, incluyendo consorcios y uniones temporales, pueden solicitar autorización a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) para importar bienes de capital y repuestos (estos últimos exclusivos para servicio de transporte aéreo) con suspensión total o parcial de los derechos de aduana y el diferimiento del pago del IVA, con la contraprestación de exportar un monto mínimo de servicios (1.5 el valor FOB de los bienes importados).

Beneficios

El PVSS tiene los siguientes beneficios para sus usuarios:

  1. Suspensión total del pago de arancel en las importaciones de los bienes de capital y los repuestos durante la vigencia del programa.
  2. Diferimiento en el pago del IVA en las importaciones temporales de los bienes de capital y los repuestos.
  3. Mayor eficiencia en los trámites aduaneros.

¿Quiénes pueden ser usuarios?

Al PVSS puede acceder cualquier empresa (persona jurídica), incluyendo consorcios y uniones temporales de obras públicas, que se encuentre inscrita en el Registro Único Tributario (RUT) como usuario aduanero en calidad de exportador de servicios.

¿Qué servicios comprende?

  • Servicios Prestados a las Empresas
  • Servicios de Comunicaciones
  • Servicios de Distribución
  • Servicios de Enseñanza
  • Servicios de Transporte
  • Servicios Sociales y de Salud
  • Servicios de Turismo y Servicios Relacionados con los Viajes
  • Servicios de Construcción y Servicios de Ingeniería Conexos

¿Qué bienes se pueden importar bajo el PVSS?

Bajo el régimen del PVSS se pueden importar los bienes de capital correspondientes a las partidas arancelarias enumeradas por el Ministerio de Hacienda y el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo en el artículo 1º del Decreto 2394 de 2002 con sus modificaciones.

La importación de repuestos está permitida únicamente para los servicios de transporte aéreo y se limita a las partidas arancelarias descritas por el Ministerio de Hacienda y el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo de en el Decreto 2100 de 2008.

Tomado de: inviertaencolombia.com.co

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