1. Ley 1555 de 2012
a. Se elimina el articulo 620 del E.T. el cual establecía:
Para efectos del otorgamiento de préstamos, las entidades de crédito deberán fundamentarse en la información contenida en la declaración de renta y complementarios del solicitante, correspondiente al último período gravable.
Para medir la capacidad económica de los contratistas, las entidades públicas tendrán en cuenta, entre otros factores, los informes que aparezcan en la declaración de renta y complementarios correspondiente al último período gravable, cuando dichos contratistas fueren sujetos del impuesto.
2. Ley 1556 de 2012
a. El articulo 14 de esta disposición le da el tratamiento de rentas de fuente extranjera a los ingresos percibidos por los artistas, técnicos y personal de producción no residentes en el país, cuando no exista contrato ni se produzcan pagos en el país generados por su participación en películas extranjeras que cuenten con la certificación expedida por la Dirección de Cinematografía del Ministerio de Cultura.
La norma permite que las personas que perciban este tipo de ingresos no estén sujetos a retención en la fuente en el momento del pago al exterior, previo cumplimiento de los requisitos allí mencionados, esta disposición le da a estos ingresos la calidad establecida en el artículo 25 del E.T.
3. Ley 1559 de 2012
a. Art. 1. La base gravable para los efectos del impuesto de Industria y Comercio de los distribuidores de productos gravados con el impuesto al consumo, serán los ingresos brutos, entendiendo por estos el valor de los ingresos por venta de los productos, además de los otros ingresos gravables que perciban, de acuerdo con las normas vigentes, sin incluir el valor de los impuestos al consumo que les sean facturados directamente por los productores o por los importadores correspondientes a la facturación del distribuidor en el mismo período.
Les permite a los comercializadores de productos que tengan implícito el impuesto al consumo, descontar este impuesto del total de sus ingresos para establecer la base del impuesto de industria y comercio.
Accounter Ltda