La noticia del bajo crecimiento de la economía en el tercer trimestre debería ser argumento suficiente para retirar del Congreso el proyecto de ley de reforma tributaria, que, de aprobarse, terminará frenando la economía colombiana.
En una coyuntura como la actual, con un crecimiento cercano al 2 %, una inflación del 6,5 % y un déficit de la balanza comercial que amenaza la estabilidad cambiaria del país, lo peor que puede hacerse es afectar el consumo de los hogares y el modesto desempeño de las empresas.

Tan graves serán las consecuencias que tendrá la aprobación de la reforma tributaria, como la pérdida del grado de inversión por parte de las calificadoras de riesgo. Con la reforma aprobada, los inversionistas extranjeros perderán su interés en venir a Colombia y serán muchos los inversionistas nacionales que llegarán a la conclusión de que es hora de concentrar sus inversiones y su residencia fiscal fuera del país, como ya lo han manifestado algunos con el régimen actual.

Desafortunadamente, ni el informe de la Comisión de Expertos ni el proyecto de ley plantean una solución a los problemas reales del sistema tributario. Los dos se concentran en buscar cómo aumentar la carga tributaria sobre los mismos contribuyentes que hoy sostienen el fisco nacional: los asalariados y los empresarios formales, olvidando que Colombia ya tiene una de las tasas de tributación de los negocios más altas del mundo (70 %), con solo nueve países con tasas superiores y 180 países con tasas inferiores.

El texto de la reforma tributaria propuesta no se compadece con unos contribuyentes agobiados frente a una evasión y un contrabando crecientes, que no se deben combatir con la expedición de más leyes y códigos, sino con gestión, mucha gestión, a través de un plan de choque permanente contra estos fenómenos.

¿Cómo es posible, por ejemplo, que las autoridades toleren que 10 % de los combustibles y 40 % de los textiles sean de contrabando, y que tres mil doscientos millones de dólares sean manejados por la minería ilegal, para citar unos pocos casos, y no pase nada?

En lugar de actuar frente a estos fenómenos con total contundencia, reduciendo simultáneamente la tributación actual de las empresas para hacerlas competitivas, el proyecto de reforma tributaria, con más de 300 artículos, tiene los siguientes problemas:

1. Grava los retiros de los fondos de pensiones con el 10 % de impuesto a los dividendos.

2. Obliga a presentar declaraciones de renta a las personas naturales con ingresos anuales entre 30 millones y 41 millones, con el costo que implica para el Estado y para los declarantes administrar un sinnúmero de declaraciones adicionales, sin un beneficio recaudatorio real.

3. Eleva del 3 % al 4 % la renta presuntiva que se calcula sobre el patrimonio de los contribuyentes, sin que exista justificación alguna para que la base gravable mínima del impuesto sobre la renta deba ser de esta magnitud, cuando la economía crece por debajo del 2 %.

4. Mantiene el IVA sobre los bienes de capital, lo que acentúa la falta de competitividad de los productos colombianos frente a los productos extranjeros, cuyos productores no tienen que pagar un 19 % de más en la adquisición de los bienes de capital, como sí lo harán los colombianos.

5. Mantiene el 4 por mil y lo convierte en un tributo de aplicación permanente, a sabiendas de que es un tributo que desbancariza e invita a la informalidad, grava la eficiencia y afecta severamente las empresas con bajo margen de utilidad y alta rotación.

6.Adopta las normas internacionales de contabilidad para efectos tributarios, pero a cada norma adoptada le hace unos ajustes para efectos fiscales, que no están en la norma contable y que elevan artificialmente las bases tributarias.

7. Eleva la tributación de las ganancias ocasionales, que actualmente es del 10 %, que en la mayoría de los casos quedará gravada a la tarifa plena del impuesto sobre la renta.

8. Acaba con casi todas las rentas exentas que estaban condicionadas a la realización de inversiones por parte de los contribuyentes, sin respetar los plazos de aplicación de la exención que motivaron la realización de las inversiones.

9. Prácticamente duplica la tarifa de las zonas francas, afectando negocios que solamente son viables con una tarifa del impuesto de renta del 15 %.

10. Sin justificación alguna limita a 8 años el plazo para amortizar las pérdidas fiscales de los contribuyentes. Teniendo en cuenta la existencia de la renta presuntiva en Colombia, que constituye un piso que limita la compensación de pérdidas, es necesario permitir un período ilimitado de años para alcanzar su compensación, pues de lo contrario el impuesto de renta para quienes no logren compensarlas se convierte en un impuesto a las pérdidas.


Países como Brasil, Perú, Chile, Australia, Bélgica, Reino Unido, Singapur, Noruega, Nueva Zelanda, Italia, Israel, Guyana, Alemania, Francia y Dinamarca permiten una compensación indefinida. Otros países, como Estados Unidos y Canadá, tienen un límite de 20 años, pero a diferencia de Colombia no tienen renta presuntiva.

11. Afecta las políticas de vivienda de interés social e infraestructura, influyendo desfavorablemente en dos de los sectores que han jalonado la economía, al eliminar la exención para los proyectos VIS y VIP, que permitieron atraer a constructores y poseedores de tierra a participar en esta actividad, y al gravar con IVA varios de los insumos de los proyectos de infraestructura, como es el caso del asfalto.

12. Somete a las entidades sin ánimo de lucro, al más engorroso de los procesos para recuperar su calidad de entidades no sujetas al impuesto sobre la renta, sin que ello garantice una verdadera fiscalización de las mismas.

13. Aumenta la tarifa del IVA al 19 % y extiende su aplicación a la venta de bienes incorporales, con lo que queda gravada con un 19 % la compraventa de acciones y la cesión de derechos de crédito. Ningún inversionista extranjero ni nacional estará interesado en pagar un IVA del 19 %, no recuperable, cada vez que adquiera las acciones de una sociedad colombiana.

14. Crea impuestos específicos sobre ciertos bienes, que carecen de justificación teórica, como el impuesto a las bebidas azucaradas (300 pesos por litro), que transmite una tasa de tributación regresiva a tales bebidas: a menor precio mayor tributación, a sabiendas de que el consumo de este tipo de bebidas se concentra en los estratos 1, 2 y 3 de la población, que es parte importante del sustento de miles de pequeños tenderos a lo largo y ancho del país y que ya se encuentra gravado con IVA (16 %) e impuesto al consumo (8 %).

15. No hace ningún esfuerzo real por controlar la evasión y el contrabando, al punto que en la propia exposición de motivos (página 199) consagra que la gestión de la Dian por los años 2017 y 2018 generará cero pesos recaudo.

Como puede verse, el proyecto de ley de reforma tributaria es profundamente inequitativo, hace menos competitivas a las empresas colombianas y más compleja la legislación impositiva. No resuelve el problema de competitividad, toda vez que mantiene el 4 por mil, el ICA, la renta presuntiva, el IVA sobre los bienes de capital y una tasa efectiva de tributación de los negocios superior al 70 %.

Por todas estas razones, el Congreso debería rechazar el proyecto completo, ordenando al Gobierno acometer un plan de lucha contra la evasión y el contrabando, pues existiendo más de $ 60 billones por fuera de la tributación, no hay justificación alguna para aumentarle la carga tributaria a los hogares, a los asalariados y a las empresas formales, en lugar de estar en la calle persiguiendo a quienes están incumpliendo sus obligaciones tributarias.

Claro que se requiere una reforma tributaria, pero bien distinta, una que fomente el crecimiento económico y la competitividad, reduciendo la carga tributaria de quienes tradicionalmente han sostenido al Estado y volcando todo el esfuerzo de las autoridades tributarias contra quienes se han mantenido al margen de la tributación.

SANTIAGO PARDO RAMÍREZ
Especial para EL TIEMPO