Comunicado de prensa N°. 7 de 2017

Obtenido de: https://twitter.com/UAEjuntacc

¿EN QUÉ CONSISTEN LAS VOTACIONES?

Es un proceso que se realiza cada cuatro años, en el cual la UAE Junta Central de Contadores convoca a los Contadores Públicos inscritos ante la Entidad y a las Instituciones de Educación Superior que cuentan con registro calificado de programas académicos de Contaduría Pública, a elegir a su representante y a su suplente.

Los representantes seleccionados, se convertirán en parte del Tribunal Disciplinario, quienes son los encargados de garantizar el ejercicio ético de la profesión, velando porque los profesionales de la ciencia contable desarrollen su labor dentro de los más elevados cánones éticos y altos valores sociales, en protección del interés común; sancionando a quienes vulneren dichas disposiciones.

Conozcael marco normativo que reglamenta las elecciones: (Decreto 1955 de 2010 y Resolución 000-0665)

 

Sistema electoral:

El sistema de electoral será uninominal en el que el votante puede elegir un único candidato de entre los que se presentan, mediante votación directa, electrónica y secreta, en una sola vuelta.

La elección que obtenga el mayor número de votos obtendrá el cargo de miembro principal y quien le siga en número de votos será el suplente en el cargo inscrito. En el caso de existir empate en la votación entre dos o más candidatos, el miembro principal será aquel que se haya inscrito de primero y cumplido con los requisitos de inscripción; el suplente será el segundo en haberse inscrito y cumplido los requisitos.

Censo electoral:

– El Contador Público de acuerdo con la definición establecida en el artículo 1° de la Ley 43 de 1990, que no tenga sanciones disciplinarias vigentes, para la elección de los representantes de los Contadores Públicos; quien tendrá derecho a un voto.

– El representante o delegado de las instituciones de educación superior, a nivel nacional, que cuenten con registro calificado de programas académicos de contaduría pública, con derecho a un (1) voto por Universidad sin importar el número de facultades o programas autorizados, para la elección de los representantes de las instituciones de educación superior.