En caso de presentarse inconvenientes técnicos se podrá facturar en contingencia mediante talonario o papel.

Bogotá D.C., 29 de agosto de 2018. Con el fin de orientar a los contribuyentes, la DIAN anunció que, de presentarse inconvenientes técnicos que no hayan podido ser previstos y que impidan la generación y/o entrega de la factura electrónica al comprador o la DIAN deberán facturar en contingencia mediante talonario o papel mientras se presenten estos inconvenientes, como lo establece el artículo 8 del decreto 2242 de 2015.

Los contribuyentes deben solicitar la numeración de la facturación por contingencia al momento de adelantar los trámites para obtener la autorización de numeración de facturación electrónica. Una vez cesen estos inconvenientes deberán transcribir la información de facturas expedidas por talonario o papel y enviarlas a la DIAN en formato electrónico.

CONTRIBUIR ES CONSTRUIR