Luego de evaluar cuales serían las fuentes de información para conciliar tanto el Patrimonio NIIF (K Niif) como el Resultado NIIF (R Niif) con el Patrimonio Fiscal (K Fiscal) y la Renta Fiscal (R Fiscal), el itinerario lógico sugerido es primero conciliar el Patrimonio y posteriormente la Renta, debido a que los ingreso, costos y gastos conceptualmente se explican por variaciones de activos y pasivos tanto contables como fiscales.

El K Niif debe conciliarse desde el ESFA por ejemplo del grupo 2 del 31 de Diciembre de 2014 hasta el K Fiscal del 1 de enero de 2017, con una metodología compleja que incluye un modelo matemático y contable, ya analizado en artículos anteriores.

A Diciembre 31 de 2017 habrá que conciliar el K Niif con el K fiscal de dicha fecha. Si asumimos que tenemos la información contable local, pudiéramos efectuar el mismo ejercicio descrito en el párrafo anterior y efectuar variaciones K Niif – K Local – K Fiscal y adjuntar las correspondientes explicaciones con las normas que permiten los cambios patrimoniales. No olvidar que el cambio de política a NIIF no incluye la corrección de errores de períodos anteriores ni del año 2017, por lo que cualquier alteración no sustentada normativamente pudiera originar correcciones en las declaraciones de períodos anteriores.

Igualmente deseamos llamar la atención sobre el punto que aunque algunas declaraciones de renta estén en firme pudieran existir fraudes procesales o falsedades que no tienen nada que ver con los procesos ante la DIAN sino algo muchísimo más delicado y son los posibles delitos penales, tal como ocurrió recientemente con el caso Servientrega.

Esta es posiblemente la mejor justificación para diseñar las matrices explicativas de las variaciones patrimoniales y sus justificaciones normativas, porque cualquier error por encima de 5 mil millones o falsedad de cualquier tipo ya estaría el revisor fiscal, contador, representante legal, junta directiva, asesores tributarios, en un complejo proceso jurídico que tiene elementos tributarios, contables NIIF, contables fiscales, contables norma local, financieros y otro igualmente inédito para propios y extraños, el penal.

Se sugiere la revisión detallada en juntas directivas de los cambios en las normativas contables NIIF, fiscales y local, de transacciones nuevas y muy antiguas poco documentadas de pasivos eliminados o adicionados con socios o compañías de un mismo grupo a nivel nacional o en el exterior, activos no incluidos, ingresos y gastos entre compañías incluso del mismo grupo económico, perfección de documentos soportes, movimientos de inventarios no justificados en costo de ventas, cambios de naturaleza de propiedad planta y equipo, propiedad de inversión, activos no corrientes mantenidos para la venta, contratos de colaboración, entre otras transacciones.

Cordialmente,

GABRIEL VASQUEZ TRISTANCHO
Columnista Vanguardia Liberal
Tax Partner – Baker Tilly
E-mail: [email protected]
Bucaramanga, 17 de Octubre de 201

(Gabriel Vasquez Tristancho) Planeación cierre contable y fiscal 2017 (I)

(Gabriel Vasquez Tristancho) Planeación cierre contable y fiscal 2017 (II)

(Gabriel Vasquez Tristancho) Planeación cierre contable y fiscal 2017 (IV)