También es posible verificar por parte de los contribuyentes que se encuentran bajo los beneficios de la ley 1429 de 2010, si cumplieron los requisitos y están en la base de datos dispuesta por la DIAN, si el contribuyente no aparece como beneficiario de la progresividad en renta puede obedecer a el incumplimiento de alguno de los requisitos mencionados en el decreto 4910 de 2011, tal vez incumplió con el envió a la DIAN del famoso oficio certificando el cumplimiento de requisitos, pago de forma extemporánea algún periodo de seguridad social o impuestos, etc….

La dirección para verificar esta información es:

https://muisca.dian.gov.co/WebCREE/DefConsBeneficiarioLey1429.faces

Al efectuar la consulta, el sistema arrojara dos resultados:

1. Usted no es beneficiario de la progresividad del impuesto sobre la renta de la Ley 1429 de 2010 y es sujeto de retención en la fuente y del sistema de renta presuntiva.

a. Si el contribuyente no aparece como beneficiario de la Ley 1429 de 2010, debe verificar si cumplió con lo establecido en el Decreto 4910 de 2011. Si efectuada la verificación considera que ha cumplido con los requisitos, puede dirigirse a la Dirección Seccional o Local de Impuestos Nacionales o de Impuestos y Aduanas Nacionales a la que corresponda de acuerdo con el domicilio fiscal. Debe tener en cuenta que a partir del año gravable en que no se presenten oportunamente o no se cumplan los requisitos exigidos, no procederá el beneficio.


2. El contribuyente cumple con los requisitos para ser beneficiario de la progresividad del impuesto sobre la renta de la Ley 1429 de 2010. Para que no se le practique retención en la fuente por renta, debe cumplir con el numeral 1 del artículo 4 del Decreto 4910 de 2011. La base de beneficiarios será modificada permanentemente por la DIAN y debe ser consultada periódicamente por los contribuyentes y los agentes retenedores.