Este año, si usted tiene alguna deuda con la entidad o presentó problemas con su declaración de impuestos, tendrá cuatro oportunidades quedar a paces.

Para quienes se acogieron a alguna de las condiciones especiales de pago anteriores, pero tiene saldos pendientes con la Dian, el plazo para pagarlos es hasta el próximo 23 de febrero, para no perder los beneficios adquiridos en su acuerdo de pago anterior.

 

La directora de gestión de ingresos de la entidad, Cecilia Rico, expresó que cerca de 4.800 contribuyentes se verán beneficiados con esta iniciativa, de los cuales 2.500 están en Bogotá y otro gran porcentaje residen en Barranquilla, Medellín y Cali.

 

Adicionalmente, Rico explicó que las personas con saldos pendientes, que no alcancen los $27.485 (una unidad de valor tributario de 2014), no tendrán que pagar. Para saber si su caso es uno de estos o no, la Dian habilitó una herramienta de consulta desde su sitio web.

 

La segunda oportunidad es para todas aquellas personas que hayan omitido activos en sus declaraciones de impuestos o para quienes no hayan hecho dicha diligencia. Estos contribuyentes pueden corregir o presentar sus declaraciones, sin incurrir en ninguna sanción, antes del próximo 27 de febrero, siempre y cuando no hayan sido requeridos por la Dian.

 

Con respecto a este segundo punto, Rico indicó que los ingresos omitidos por esta vía llegan a $1,5 billones y que son cerca de 120.000 las personas (naturales y jurídicas) que se beneficiarían con esta medida.

 

La tercera y cuarta oportunidad de ponerse al día van de la mano, ya que tienen que ver con los morosos. Si usted tiene deudas con la Dian, puede pagarlas hasta el 31 de mayo, recibiendo un descuento de 80% en las sanciones e intereses que se deban. Además, entre el primero de junio y el 23 de octubre, usted recibirá una reducción de 60% en sus sanciones e intereses si decide ponerse al día.

 

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Tomado de: https://www.larepublica.co/node/220761