De acuerdo con información suministrada por la Dirección de Relaciones Comerciales del Ministerio de Comercio Exterior y de conformidad con el apartado 1 del artículo 1 y el artículo 3 del Reglamento Delegado (UE) No. 1015/2014 de la Comisión Europea (adjunto), a partir del 1° de enero de 2016 Colombia dejó de ser beneficiaria del SGP en consecuencia, a partir de esta fecha NO se deben emitir certificados de origen SGP Forma A, para países de la Unión Europea”

Descargar archivo Pdf Ver Reglamento Delegado