Con el fin de que los contribuyentes puedan realizar su pago desde ya, despejen sus dudas y conozcan los pasos a seguir para cumplir con su obligación, La Secretaría Distrital de Hacienda (SDH), dio a conocer las siguientes recomendaciones:
 

¿En qué consiste y cómo se calcula el impuesto sobre vehículos en Bogotá?
  Este impuesto grava la propiedad o posesión de los vehículos matriculados en Bogotá y debe ser pagado por los propietarios y/o poseedores una vez al año.
 

La base gravable de este impuesto es el avalúo comercial del vehículo que según las características de marca, modelo, cilindraje y línea, establece el Ministerio de Transporte para cada año.
 

2 ¿Cuáles son los plazos para pagar el impuesto de vehículos?
El impuesto de vehículos se puede pagar con un 10% de descuento hasta el próximo 3 de mayo, pasada esta fecha se podrá pagar sin descuento hasta el 5 de julio. De no atenderse estos plazos los contribuyentes deberán pagar junto al impuesto la sanción y el interés de mora correspondiente, que será como mínimo de $157.000 para cualquier tipo de vehículo.
 

3 ¿Dónde se puede obtener el formulario?
Para facilitar el pago de este impuesto la Secretaría Distrital de Hacienda distribuyó más de 1 millón 400 mil formularios en las direcciones registradas por los contribuyentes. Con estos formularios se puede realizar en cualquiera de los bancos autorizados, haciendo uso de los medios electrónicos (cajeros automáticos, sistemas de audiorespuesta o portales bancarios), o por medio del botón de pagos PSE del sitio web de Hacienda.
 

Los contribuyentes que no recibieron su formulario pueden obtenerlo por cualquiera de los siguientes canales:
 

Descargarlo de la página web www.haciendabogota.gov.co Ingresando a la sección de impuestos en línea del sitio web, opción “Descarga del formulario 2013”, se debe digitar la placa del vehículo y el documento de identificación del contribuyente para obtener el formulario, pagar electrónicamente, o si lo prefieren imprimir dos copias y pagar en cualquiera de las entidades autorizadas.
En los casos en que se requiera, los ciudadanos podrán modificar la información del formulario (cambio de propietario, cambio de dirección de notificación, etc.), siempre y cuando ésta coincida con la situación real del vehículo a 1 de enero de 2013. Para esto deberán ingresar por la opción de “Liquidación del impuesto 2013” y seguir las instrucciones.
 

A través del correo electrónico [email protected], [email protected], se puede solicitar información o envío de su formulario, adjuntando copia de la cédula de ciudadanía y de la licencia de tránsito del vehículo.
También se pueden solicitar en los puntos de atención:
SuperCADES
 

Américas: Avenida Carrera 86 No. 43 – 55 Sur
Suba: Calle 146 A No. 105 – 95
Bosa: Avenida Calle 57 R Sur No. 72 D – 12
20 de Julio: Cra. 5 A No. 30 D 20 Sur
Calle 13, Movilidad y Hábitat: Avenida Calle 13 No. 37 – 35
CAD: Carrera 30 No. 25-90
 

CADES
 

Fontibón: Diagonal 16 No. 104 – 51
Servitá: Calle 165 No. 7 – 52
Santa Lucía: Avenida Caracas No. 42-00 Sur
Candelaria: Calle 59 Sur No. 38 – 05
Toberín: Carrera 21 No. 1
 

4. ¿Cuánto se debe pagar por derechos de semaforización en 2013?
 

Junto con el impuesto de vehículos se debe pagar el valor correspondiente a derechos de semaforización, fijado anualmente, y que para la vigencia 2013 equivale a $39.000.
 

¿Las motocicletas con cilindraje de 125 cm3 e inferiores deben pagar el impuesto?
No, las motos hasta de 125 cm3 no son gravadas con el impuesto, pero sí deben pagar los derechos de semaforización.
 

6. ¿Cómo se calcula el impuesto para los vehículos nuevos a los cuales no se les ha establecido avalúo?
 

Para calcular el impuesto de estos vehículos se debe utilizar como base gravable el valor de la factura de compra, sin incluir el IVA. Los contribuyentes con vehículos nuevos pueden liquidar su impuesto con el aplicativo para vehículos nuevos que se encuentra en la sección impuestos en línea de la página de la Secretaría de Hacienda www.haciendabogota.gov.co.

tomado de:radiosantafe.com