A partir del primero de octubre, usted podrá ser beneficiado con el seguro de protección al cesante si está desempleado.

Buscando garantizar la protección social de los colombianos, el Ministerio de Trabajo a través del Mecanismo de Protección Social (MPS), abrió la posibilidad para que aquellas personas que sufran la pérdida de un trabajo, tengan acceso a la salud, ahorro a pensiones, subsidio familiar y a servicios de intermediación y capacitación, durante seis meses posterior al despido.

Este mecanismo gubernamental integra los servicios de capacitación en competencias básicas y laborales que prestarán el Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena, las Cajas de Compensación Familiar o las instituciones de formación para el trabajo certificadas en calidad.

¿Quiénes tienen acceso a este beneficio?

– Todos aquellos trabajadores del sector público y privado, que hayan realizado aportes a las cajas de compensación familiar durante al menos un año, continuo o descontinuo, en el transcurso de los últimos tres años.

– Así mismo, los trabajadores independientes o por cuenta propia que hayan realizado aportes por lo menos dos años, continuos o descontinuos, en el transcurso de los últimos tres años.

Recuerde que la afiliación a las cajas compensación familiar es un requisito, excepto para los trabajadores de salario integral y trabajadores independientes, para quienes la afiliación es de carácter voluntario.

Requisitos:

Usted puede tener acceso a este beneficio si:

– Su situación laboral ha finalizado (independientemente de la causa) o en el caso de ser independiente, si el contrato ha cumplido el plazo de duración pactado y no cuenta con otras fuentes de ingresos.

– Si usted realizó aportes durante un año continuo o descontinuo, a una caja de compensación familiar en el transcurso de los últimos tres años. En el caso del trabajador independiente debe haber realizado estos mismos aportes durante dos años continuos o descontinuos.

– Se inscribe en cualquiera de los servicios de empleos autorizados que pertenezcan a la Red de Servicios de Empleo y desarrolle la ruta hacia la búsqueda de un nuevo trabajo.

– Está inscrito en programas de capacitación y re-entrenamiento en los términos dispuestos por la reglamentación que expida el Gobierno.

– Para tener derecho al incentivo monetario por el ahorro voluntario de sus cesantías, quienes devenguen hasta dos SMMLV deberán haber ahorrado como mínimo el 10% del promedio de su salario mensual del último año. Pero si usted devenga más de dos SMMLV, el ahorro mínimo deberá ser de 25%.

¡El beneficio tiene un tiempo de reconocimiento!

El beneficio finaliza una vez se hayan cumplido seis meses o cuando el beneficiario se vincule nuevamente a una oferta laboral antes de transcurrir los seis meses.

De igual forma, serán desvinculadas aquellas personas que incumplan con las obligaciones contraídas para acceder a los beneficios del Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante.

Tomado de:  cuadresubolsillo.com