En la Ley de Financiamiento (1943 de 2018) fue creado el Régimen Simple de Tributación, que busca reducir las cargas a las empresas; impulsar la formalidad y facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias. La Administración Distrital lleva hoy al Concejo de Bogotá las tarifas consolidadas para la liquidación de tributos en la ciudad.
Pagar en una tarifa unificada los impuestos de renta, consumo, Industria y Comercio (ICA) y su complementario de avisos y tableros será posible gracias al régimen Simple de tributación, que comenzará a regir a partir de 2020.
Así lo anunció hoy la Secretaria de Hacienda, Beatriz Elena Arbeláez, tras radicar el proyecto de acuerdo para la implementación del Simple en la Capital, que incluye las tarifas consolidadas de ICA y del impuesto complementario de avisos y tableros.
“El cálculo de estas tarifas se realizó buscando que el efecto fiscal sea neutral para Bogotá, independientemente del número de contribuyentes que migren al Simple, garantizando a su vez mejores beneficios futuros para los contribuyentes”, afirma la Secretaria de Hacienda, Beatriz Elena Arbeláez Martínez.
De esta forma, la tarifa única del ICA consolidado en el Distrito Capital, aplicable bajo el régimen Simple, dependería de la actividad empresarial, categorizada en Industrial, Comercial y de Servicios, con tarifas que van del 5 al 16 por mil, dependiendo cada caso.
Podrán acogerse a este régimen los contribuyentes que desarrollen su actividad con criterios empresariales, así como las personas jurídicas que en el año gravable anterior tuvieron ingresos brutos, ordinarios o extraordinarios, inferiores a 2.742 millones de pesos (80.000 UVT).
Los interesados en acogerse a este sistema, de carácter opcional para los contribuyentes, deben inscribirse al Simple ante la Dian. A la fecha ya hay más de 3.500 empresarios de Bogotá inscritos al régimen.
Prórroga a exenciones tributarias
El proyecto de acuerdo de la Administración propone también prorrogar por 10 años la exención en el impuesto predial de la que gozan los bienes de interés cultural, teniendo en cuenta que promueve y gestiona la preservación y sostenibilidad del patrimonio arquitectónico de Bogotá.
Así mismo plantea mantener exentas de pago de delineación urbana, por diez años más, las obras en estratos 1, 2 y 3 de Vivienda de Interés social (VIS) en la modalidad de: obras nuevas, ampliaciones, modificaciones, adecuaciones o reparación de inmuebles de uso residencial.
Igualmente estarían exentas las autoconstrucciones de vivienda en estratos 1 y 2, que no excedan los topes definidos por la Ley para el valor de VIS y las obras para reparar o reconstruir inmuebles afectados por actos terroristas o catástrofes naturales.