¿Sabia que pagando una cuota mensualmente a su entidad financiera, usted puede tener vivienda propia?

Pues bien, ante el sueño de muchas familias colombianas de obtener vivienda propia, el Leasing Habitacional se ha convertido en una gran opción para hacer realidad este proyecto de vida.

Éste es un contrato a través del cual la entidad financiera le entrega a un usuario una vivienda, a cambio del pago de un canon periódico (equivalente al de arrendamiento), por un plazo convenido con el banco, durante el cual decidirá si adquiere el bien o lo devuelve.

¿Cómo funciona?

El usuario debe elegir un inmueble que sea de su interés, ya sea nuevo, usado, o en planos, y la entidad financiera con la cual quiere hacer el contrato.

Posteriormente, el banco adquiere el inmueble y se lo entrega al usuario en arrendamiento financiero por un periodo pactado a través de un contrato (10 años, 15 años, 20 años) tiempo donde usted paga un arrendamiento financiero por el uso de la propiedad. 
Una vez finalizado el contrato acordado, el arrendatario podrá adquirir la vivienda mediante el ejercicio de la opción de compra establecido desde el principio.

¿Cómo es el sistema de pago?

El monto mensual a pagar es un acuerdo entre la entidad y el beneficiario. El valor de las cuotas se puede pactar en pesos o en Unidades de Valor Real (UVR).

¿Cuál es la diferencia con un crédito hipotecario?

– El Leasing tiene como fin la entrega de un activo de propiedad que va a ser utilizado para su uso y goce, mientras que en el crédito se le desembolsa una suma de dinero al cliente y éste mes a mes deberá ir devolviendo el monto que se le prestó.

– Al presentarse la existencia de un activo de propiedad en el Leasing, se convierte en la esencia de la operación de arrendamiento. En el crédito no existe la figura de bienes de por medio y si se presentan son solo como garantía de alguna operación crediticia.

– El pago acordado del Leasing es a través de un canon o contrato. El crédito se paga por cuotas o inclusive a un solo pago, de acuerdo al capital prestado.

– En la operación de Leasing no hay traslado de la propiedad del bien entregado en arrendamiento durante el plazo del contrato. En el crédito, el dinero que se entrega en préstamo es simbólico del dominio y el deudor se obliga a pagar la deuda pendiente a la entidad financiera.

Tomado de: cuadresubolsillo.com